Entrega de balances en las S.A.S. que no tienen junta directiva
Los art. 372 y 446 Código de Comercio indican que en las Sociedades Mercantiles es necesario que la Junta Directiva entregue a la Asamblea de Accionistas para su aprobación de Balances, acompañado de varios documentos, entre ellos un proyecto de distribución de utilidades. ¿En una S.A.S que no tiene Junta Directiva ese proyecto deberá ser remitido por el representante legal?
Etiquetas: accionistas, asamblea, codigo comercio, junta directiva, SAS, sociedades mercantiles
Categorías: Derecho Comercial
Categorías: Derecho Comercial





