El Art.4, Resolución 11429 de 2011, ¿pide información de pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas?
Respecto de los formatos que deben reportar las entidades del literal d) del artículo 1 de la resolución 11429 de 2011, me parece que el formato 1005 no debe ser enviado, toda vez que el literal d) del artículo 2 de la misma resolución manifiesta que: “Las personas o entidades enunciadas en el literal d) del artículo 1 de la presente Resolución, están obligadas a suministrar la información de que trata el literal b) y e) del artículo 631del Estatuto Tributario, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de esta Resolución”. El artículo 4 de a resolución 11429 de 2011, ¿pide información de pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas?
Etiquetas: estatuto tributario, resolucion 11429 de 2011, retención en la fuente
Categorías: Auditoría – Revisoría Fiscal
Categorías: Auditoría – Revisoría Fiscal





