Según en el Art. 24 de la Ley 675, el constructor inicial ya vendió el 51% e hizo asamblea para cobrar administración, pero no nos ha entregado el edificio y ya está terminado, el único mantenimiento que se ha hecho es el ascensor y la factura llega a nombre de la constructora. ¿Es legal que nos cobren cuota si no nos han entregado el edificio?
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Dr. Alexander Coral (LÃder de Investigación Legal de actualicese.com)
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