DIAN
Concepto 033113
Noviembre 13 de 2015
La DIAN recuerda que para que el contribuyente no puede descontar el IVA pagado sin contar con la correspondiente factura que acredite –con el lleno de los requisitos legales– el impuesto asumido en la adquisición o importación de bienes de capital, de maquinaria pesada para industrias básicas o de bienes y servicios en general que resulta computables como costos o gasto de la empresa y que se destine a las operaciones gravadas con el IVA.