Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 554
28-11-2014
Los partidos políticos que lleven contabilidad bajo el marco de los Decreto 2649 y 2650 de 1993, y en concordancia con el artículo 2° de la Ley 1314 de 2009, están obligados a aplicar las NIIF; para saber a que grupo de aplicación de las NIIF pertenecen, deberán revisar los requisitos establecidos en el Decreto 2784 de 2012 modificado por el Decreto 3024 de 2013 para el Grupo 1 y el Decreto 3022 de 2013 para el Grupo 2.