La Superintendencia Financiera informó la rentabilidad mínima obligatoria de los portafolios de largo y corto plazo de los fondos se cesantías y de los tipos de pensiones obligatorias conservador, especial de retiro programado y moderado de mayor riesgo.
Respecto al tratamiento contable que debe realizar una entidad sin ánimo de lucro a los aportes que recibe al suscribir un convenio de asociación con una entidad pública para realizar un actividad cultural, el CTCP explica que la entidad puede utilizar el método de contabilidad de fondos y a su vez escoger entre el método del diferido o el método de los fondos restringidos. Si la entidad decide usar el método de contabilidad de fondos por el método diferido, debe considerar las condiciones impuestas por el convenio de asociación. Si el dinero se recibe pensando en cumplir las condiciones durante el tiempo (es decir, que se recibe sin cumplir las condiciones), debe registrarse un ingreso diferido, amortizable contra el cumplimiento de las condiciones. Para el efecto, la entidad crearía un fondo para el convenio, el cual recogería todas las entradas y salidas relacionadas con este. Si decide usar el método de contabilidad de fondos por el método de fondos restringidos, podría llevar el valor de los recursos del convenio a un pasivo diferido trasladando la amortización del activo neto al fondo general a medida que se cumplen las condiciones, o puede igualmente crear un fondo especial en el que la amortización iría a ingresos y afectaría el saldo neto del fondo.
Supersociedades sometió a control a las sociedades Odebrecht Latinvest Colombia S.A.S., Constructora Norberto Odebrecht de Colombia S.A.S, Navelena S.A.S y a la sucursal de la sociedad extranjera Construtora Norberto Odebrecht S.A.
Supersociedades. La omisión o retardo en la presentación del Formulario No. 15 “Conciliación patrimonial – empresas y sucursales del régimen general», dará lugar a la imposición de las sanciones correspondientes por parte de la Superintendencia de Sociedades, de acuerdo con sus facultades legales, en especial/as contenidas en la Ley 222 de 1995, artículos 83 y 86, entre otros”.
Están circulando correos electrónicos donde se anuncia la supuesta cancelación de la tarjeta profesional a profesionales de la contaduría. Así se ha manifestado desde la Junta Central de Contadores.
Ya puede descargar la más reciente edición de la revista Actualícese, donde publicamos una serie de análisis alrededor de los cambios presentados por la reforma tributaria, Ley 1819 de 2016.
A partir del 1 de enero de 2017 la importación de licores, vinos, aperitivos y similares se encuentran gravados con la tarifa del IVA del 5%; esta misma tarifa aplicará en la comercialización del producto dentro del país y se deberá discriminar en la factura de venta, sin perjuicio del impuesto al consumo que corresponda conforme al artículo 50 de la Ley 788 de 2002 modificado por el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016.
La Supersociedades informó que 4.602 reclamantes se presentaron al proceso de liquidación de Estraval, compañía involucrada en el escándalo de manejo irregular de las libranzas y que presuntamente habría captado recursos del público de manera ilegal. El monto de las reclamaciones podría superar los 500.000 millones.
El recaudo de las cesantías aumentaría entre 7 y 10% este año. Los empleadores consignarían cerca de 6,6 billones de pesos. El plazo se vence el martes 14 de febrero.
La exención contenida en el anterior numeral 9 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario, (hoy numeral 6 del artículo 235-2 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 99 de la Ley 1819 de 2016), procede cuando en los predios aportados al patrimonio autónomo se desarrollen proyectos de vivienda de interés social, conforme con las normas que regulen este tipo de viviendas, programas y proyectos de renovación urbana o provisión de espacios públicos urbanos, sin que deba mediar un proceso de declaración como bienes de utilidad pública o de interés social y sin que se requiera que los predios aportados al patrimonio autónomo se encuentren calificados o zonificados por el Plan de Ordenamiento Territorial correspondiente, para el desarrollo de Vivienda de Interés Social –VIS– o de Vivienda de Interés Prioritario –VIP–.
Supersociedades. Dentro de los sucesores reconocidos en el juicio a los que se refiere el artículo 378 del Código de Comercio, puede estar incluido el cónyuge supérstite del causante.
DIAN. Considerado como el concepto general del impuesto nacional al carbono, en él se da claridad a varios aspectos relacionados con los cambios en el impuesto al carbono tras la reforma tributaria.