El Ministerio de Minas y Energía presentará ante el Congreso de la República un proyecto de Ley que aclare la definición de la base gravable de la sobretasa a los combustibles. Dicho proyecto deberá incorporar criterios objetivos que reflejen el valor de los combustibles.
El Ministerio del Trabajo y Colpensiones, en el marco de su estrategia de impulso al programa Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, adelantaron la campaña ‘La ruta del ahorro y la protección’, dirigida a promover la cultura del ahorro para la vejez.
La Superintendencia Financiera de Colombia informó, que al cierre de 2016, lo que le deben los colombianos a los establecimientos de crédito, incluyendo el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), se situó $412,2 billones, registrando una variación real anual de 1,85% y nominal de 7,71%.
Diversas empresas en el país ya se están preparando para implementar factura electrónica, para optimizar sus procesos y reducir los niveles de evasión que se vienen presentando. Otra empresas buscan ser operadores de este servicio.
La DIAN dio inicio a la segunda jornada de Al día con la DIAN, le cumplo al país que se adelantará entre el 20 y el 24 de febrero, con la que se busca fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones; crear conciencia de la importancia de la declaración y pago de los impuestos; expedición y exigencia de la factura con requisitos y pedagogía sobre la penalización de la conducta a responsables de IVA y del Impuesto al Consumo por no expedir la factura.
Con la aprobación de la reforma tributaria y el Decreto 2147 del 29 de diciembre de 2016, se espera que con inversiones en las zonas francas estas logren un crecimiento del 20%.
Aunque el 4 x mil continúa dentro del paquete de impuestos que deben pagar los colombianos, gracias a la más reciente reforma tributaria, hay un buen número de operaciones financieras que se encuentran exentas de este. A continuación describimos algunas de ellas.
Leonardo Villar, director ejecutivo de Fedesarrollo, no tiene muchos elogios para la reforma tributaria que rige en Colombia. Está preocupado por el deterioro del ambiente de los consumidores y piensa que el recaudo a largo plazo será un problema, lo que llevará a presentar otra propuesta fiscal.
El Gobierno cambió nuevamente las reglas sobre el beneficio tributario que los contribuyentes pueden darle, en el impuesto de renta, al valor del IVA que cancelen en la compra o importación de sus bienes de capital, y que sean diferentes a los que describe el artículo 258-2 del ET. Aquí, una cronología.
El artículo 281 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 modificó los tres numerales del artículo 560 del ET y, con ello, cambiaron las cuantías del acto objeto del recurso para determinar cuáles funcionarios y dependencias de la DIAN son competentes para proferir actuaciones.
Una declaración del IVA, último bimestre de 2013, fue presentada en el formulario litográfico, ya que el representante legal no tenía firma digital, ¿es posible volverla a presentar sin liquidar ni pagar sanción e intereses de mora?
Resuelta en febrero 16 de 2017
El artículo 338 de la Ley 1819 de 2016 adicionó el artículo 434A al código penal y estableció hasta 9 años de cárcel para contribuyentes que oculten sus activos o que los declaren por un valor inexacto; siempre y cuando el valor no declarado exceda de 5.348 millones en el 2017. Por tanto, quienes realizan compras de bienes raíces sub-escriturando el valor real, se exponen a esta nueva sanción.