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Día: 17 de mayo de 2017

Concepto 014669 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

La Ley 1819 de 2016 incluyó modificaciones en algunos tributos territoriales y definió, a través del artículo 343, las reglas de territorialidad para este impuesto (dentro de las cuales está la aplicable a las actividades de servicio de telefonía móvil). Sin embargo, considerando que esta regla de territorialidad entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2018, y que no había una disposición legal que señalara una regla especial de territorialidad para esta actividad, se deberá aplicar la normatividad general sobre territorialidad del impuesto de industria y comercio, es decir, aquella según la cual el impuesto debe ser pagado al municipio en donde se ejerza o realice la respectiva actividad gravada. En igual sentido, cabe señalar que, de acuerdo con algunos pronunciamientos del Consejo de Estado del 2016 (Sentencias 54001233100020110028201 (22091) de agosto 30 y 400123330020120010301 (20736) del 15 de septiembre), la territorialidad del impuesto de industria y comercio para el caso de la telefonía móvil se definía a partir de la ubicación de los conmutadores en la respectiva jurisdicción municipal.

Tres servicios de la banca podrían ser gratuitos dentro de poco

ACTUALIDAD, Finanzas Publicado: 17 mayo, 2017

Una persona que paga cuota de manejo tendrá derecho a tres opciones bancarias sin costo al mes. Lo anterior también podría aplicarse a las tarjetas de crédito y débito.

Concepto 014677 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

El Ministerio de Hacienda explica que la nueva definición de la base gravable del impuesto de industria y comercio, contenida en el artículo 342 de la Ley 1819 de 2016, no comprende una ampliación del hecho generador o de los sujetos pasivos del tributo; esta norma actualiza los conceptos deducibles, confirma la anualidad del período gravable del impuesto (año gravable) y precisa que serán gravados todos los ingresos provenientes del ejercicio de actividades gravadas, ya sean ordinarios o extraordinarios.

Gobierno aumentó proyecto de adición presupuestal de $7.7 billones a $9.3 billones

ACTUALIDAD, Finanzas Publicado: 17 mayo, 2017

En el debate de aprobación sobre el proyecto de modificación presupuestal para este año, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que el Gobierno contempla adicionar $9.3 billones.

Concepto 012173 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

La DIAN recuerda que, de acuerdo con el artículo 22 del ET modificado por el artículo 144 de la Ley 1819 de 2016, las juntas de acción comunal, entre otros, ostentan la calidad de no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario y no declarantes de ingresos y patrimonio.

En Bogotá comienza la gira Nuevo procedimiento tributario, régimen sancionatorio y mecanismos contra la evasión y elusión

INFORMACIÓN CORPORATIVA Publicado: 17 mayo, 2017

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Al día de hoy se han recaudado $1,05 billones de normalización tributaria

ACTUALIDAD, Impuestos Publicado: 17 mayo, 2017

Como parte de los estímulos para los ciudadanos que deban reportar sus activos que no han sido declarados ante la DIAN, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, reveló que van 5.645 contribuyentes que han normalizado ingresos en 2017.

Oficio 012171 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

De acuerdo con el artículo 356-1 del ET, para efectos tributarios y de aplicación de las reglas del régimen tributario especial solo se admitirán pagos laborales a los administradores y al representante legal, siempre y cuando la entidad demuestre el pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales.

Resolución 1608 del 17-05-2017

Derecho Laboral, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 17 mayo, 2017

Mediante la Resolución 1608 de 2017, el Ministerio de Salud y Protección Social modificó los anexos técnicos 2, 4 y 5 de la Resolución 2388 de 2016, que contienen las especificaciones y estructura de los archivos de la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–. Esto con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 1819 de 2016 en lo que refiere a la exoneración del pago de aportes parafiscales y aportes a salud para los empleadores que cumplan con los requisitos para acceder a estos beneficios.

Oficio 220-100625 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

En atención a la consulta sobre si una persona natural que realiza diversas actividades y que tiene una razón social bajo SAS y otra bajo régimen simplificado de persona natural, puede unificar las dos razones sociales, la Supersociedades señala que las personas jurídicas creadas bajo el tipo de sociedad por acciones simplificadas –SAS–, pueden unificar las actividades comerciales que realizan, para lo cual bastaría con reformar los estatutos sociales mediante la inclusión en el objeto social de las actividades que realiza como persona natural, si llegara a ser el caso, en el registro mercantil, siendo la Cámara de Comercio la llamada a proporcionar la información a que haya lugar. Respecto a las reformas estatutarias, el artículo 29 de la Ley 1258 de 2008 señala que las mismas se aprobarán por la asamblea con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen, cuando menos, la mitad más uno de las acciones presentes en la respectiva reunión.

Oficio 012168 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

De acuerdo con el artículo 107 del ET, los propietarios de activos fijos que se encuentren en un contrato de préstamo de uso a título gratuito que no produzcan ninguna renta, no pueden beneficiarse de la deducción por depreciación, pues no existe relación de causalidad con la actividad productora de renta.

Concepto 020258 de 17-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 mayo, 2017

Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro constituidas al 31 de diciembre de 2016 se encuentran clasificadas dentro del RTE del impuesto sobre la renta y deberán, para efectos de su permanencia, presentar los documentos que para el efecto establezca el reglamento, a través de los sistemas informáticos, los cuales serán objeto de verificación y se someterán al procedimiento previsto en el artículo 364-5 del ET.

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