El impuesto nacional al consumo –INC– es una estrategia tributaria, diseñada por el Gobierno nacional, que se estableció en la reforma tributaria del año 2012 (Ley 1607 de 2012) y que entró en vigencia el 1 de enero de 2013. Mediante los artículos 200 a 213, incluidos en la parte VI de la reforma tributaria estructural, Ley 1819 de 2016, se modifican diversos artículos del ET que regulan elementos relacionados con este impuesto.
Todas las personas naturales o jurídicas que tengan la calidad de responsables del tratamiento de datos personales, independiente de que sean o no comerciantes, deben registrar (dentro del plazo previsto para tal efecto en el Decreto 1115 de 2017) en el registro nacional de bases de datos –RNDB– las bases de datos que contengan datos sujetos a tratamiento, conforme al procedimiento señalado por la Superintendencia de Industria y Comercio en la Circular 001 del 8 de noviembre de 2016 incorporada a la Circular Única de la misma entidad dirigida a las personas naturales, personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio y sociedades de economía mixta.
El viceministro de hacienda y crédito público, Andrés Escobar, destacó durante el lanzamiento del Documento de Gobierno Corporativo para Colombia, las conclusiones del reporte entregado por la OCDE.
El CTCP precisa que un activo debe ser un recurso económico que tenga el potencial de producir beneficios económicos; en el caso de las ESAL, el beneficio económico no es en función necesariamente de generar efectivo sino de contribuir al logro de los objetivos de la ESAL.
Las diferencias entre las bases contables y las bases fiscales pueden ser diferencias temporales que originan el reconocimiento de activos o pasivos por impuestos diferidos; sin embargo, estas no pueden compensarse por lo que deberán reflejarse por separados en los estados financieros.
Una entidad del grupo 2 puede utilizar el modelo del costo como base de medición inicial o posterior de sus activos biológicos cuando, con base en los juicios realizados, se concluya que no es posible que el valor razonable sea fácilmente determinable sin un costo o esfuerzo desproporcionado. En relación con las técnicas de medición que pueden ser utilizadas para determinar el valor razonable de un elemento de los estados financieros (enfoque de mercadeo, enfoque del costo y enfoque de ingreso, se debe revisar el contenido de la NIIF 13 – Medición del valor razonable. Así mismo, se pueden consultar las técnicas de valoración normadas entre los párrafos 11.28 o 11.32 de los marcos normativos contables para pymes.
Establecen reposición efectiva de las clases, sin que haya lugar a receso estudiantil
La Superintendencia Financiera de Colombia y la Banca de las Oportunidades presentaron el Reporte Anual de Inclusión Financiera correspondiente al año 2016.
A través de la expedición de la Resolución 000042 del 11 de julio de 2017 la DIAN modifica la Resolución 000112 del 29 de octubre de 2015, la Resolución 000084 del 30 de diciembre de 2016 y la Resolución 000068 del 28 de octubre de 2016, con el propósito de actualizar los contenidos y conceptos de la información a reportar por la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores –Deceval– y reemplazar las especificaciones técnicas de la información del impuesto predial para los años gravables 2016 y 2017 para facilitar la presentación y el uso de esta información. Junto con dicha resolución fueron publicados los anexos 1 y 2, correspondientes al formato 2273 versión 2 (Depósitos de títulos valores y rendimientos o dividendos cancelados), y al formato 1476 versión 9 (Información predial).
Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con los nuevos marcos normativos vigentes en Colombia; la aplicación del marco normativo del grupo 1, 2 o 3, depende de si la entidad cumple o no lo requisitos estipulados en el Decreto 2420 de 2015 para cada grupo.
Las entidades sin ánimo de lucro para las cuales las disposiciones legales han establecido la obligación de llevar contabilidad, y que antes de la expedición de los nuevos marcos de información financiera aplicaban los principios contenidos en el Decreto 2649 de 1993, al cesar la aplicación de este marco de principios, deben clasificarse en alguno de los Grupos 1, 2 o 3, y elaborar sus estados financieros de propósito general con fundamento en estos marcos normativos.
Mediante el presente decreto, el Ministerio del Trabajo busca beneficiar con el programa de protección social al adulto mayor hoy, Colombia mayor en la vigencia 2017, a las personas que se incluyan en el registro único de damnificados con ocasión de la declaración del estado de emergencia del municipio de Mocoa, de que trata el decreto 601 de 2017, y a su vez, que cumplan con los demás requisitos para el acceso a dicho programa.