Tanto en Fenalco como en el sector de los supermercados persisten las dudas acerca de cómo se aplica el impuesto a las bolsas plásticas. Para ellos no hubo campaña de sensibilización, capacitación al personal de caja, y los cambios contables que deben hacer en la facturación están en el limbo.
El aumento del IVA y el exceso de impuestos ha generado, de forma respectiva, una reducción considerable del gasto por parte de los consumidores y desestimulado la inversión y creación de empresa de capital extranjero en el país. Al respecto de esta situación hay puntos de vista contradictorios.
Edición # 69 de julio del 2017 de la Revista ACTUALÍCESE.
Los responsables del régimen simplificado del IVA que decidan expedir facturas deben cumplir el requisito de solicitud de autorización de numeración, pues el artículo 18 de la Resolución 000055 de julio de 2016 establece que se le impondría la sanción contemplada en el artículo 684-2 del ET.
Al constituir una empresa debe realizarse el pre diligenciamiento del Registro Único Tributario, ya que este es necesario para obtener el registro mercantil. Adicional a esto, debe obtenerse el instrumento de firma electrónica y realizar la solicitud de autorización de numeración de facturación.
La DIAN puede enviarle a los contribuyentes emplazamientos para corregir y por una sola vez un requerimiento especial antes de que la declaración tributaria quede en firme. El emplazamiento para corregir se da de manera previa al requerimiento especial, sin embargo, el primero es optativo.
Para determinar tributos y establecer sanciones la DIAN debe basarse en pruebas que formen parte del expediente. Son medios de prueba las confesiones, testimonios, indicios y presunciones, la prueba documental, la prueba contable, las inspecciones tributarias y la prueba pericial.
En el régimen probatorio del Estatuto Tributario se establece que las dudas ante vacíos probatorios deben resolverse a favor del contribuyente, excepto cuando el este se encuentre obligado a probar un hecho determinado, por ejemplo, los enunciados en los artículos 786 a 791 del ET.
El año gravable 2016 es el último periodo en que se presentarán declaraciones de IMAN e IMAS. Al respecto, la reforma tributaria cambió el término de firmeza de las declaraciones e introdujo varias novedades sobre las declaraciones de personas naturales, que regirán a partir del año gravable 2017.
La persona natural que perciba ingresos por honorarios y contrate a dos o más trabajadores por al menos 90 días deberá hacer uso de la cédula de rentas no laborales. Dependiendo del número de contratados se le practicaría retención con las tarifas tradicionales o con la tabla del artículo 383 del ET.
¿Según el Decreto 3030 de 2013, una compañía colombiana deberá presentar documentación comprobatoria y declaración informativa solo por el hecho de realizar operaciones de compra de inventarios a un proveedor no vinculado ubicado en un paraíso fiscal?
Resuelta 20 de junio de 2017
Si un cliente cancela una factura sin practicar la retención en la fuente, pero al finalizar el periodo 2016 certifica esa retención no practicada; en el momento de presentar la declaración privada de renta, ¿qué valor se debe descontar, el certificado por el cliente o el contabilizado?
Resuelta 20 de junio de 2017