Las entidades públicas pueden emitir facturas de venta o documentos equivalentes, en algunos casos no requieren autorización de numeración de facturación. Con la reforma tributaria, a partir de enero 01 de 2019 aquellas entidades que declaren IVA o impoconsumo deberán expedir facturas electrónicas.
Continuando con nuestro especial sobre la reglamentación que hizo el Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017 en torno a las novedades que introdujo la reforma tributaria sobre el régimen tributario especial, abordaremos los requisitos a cumplir por las entidades que deseen pertenecer a dicho régimen.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Si una persona recibe una pensión sustituta por invalidez y posteriormente se pensiona por vejez, pierde el derecho a recibir la pensión sustituta?
Las tarifas de retención en la fuente a título de renta para 2018 por conceptos tales como compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros, se encuentran discriminadas en la siguiente guía, con sus respectivos topes en UVT y en pesos (la UVT para dicho año es de $33.156).
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Un trabajador independiente que recibe ocasionalmente ingresos tiene la obligación de realizar aportes a seguridad social?, ¿cómo se determina la ocasionalidad en la recepción de ingresos que genera la obligación de hacer aportes?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Qué diferencias existen entre un contrato de trabajo a domicilio y un contrato bajo la figura de teletrabajo cuando el contrato a domicilio involucra también TIC?
Con el Decreto 2150 de diciembre 20 de 2017 se reglamentaron asuntos como el de las donaciones que dan derecho a descuento, retención a entidades del régimen especial y el registro web de estas. También se fijaron reglas a las copropiedades comerciales o mixtas que exploten sus áreas comunes.
Las actividades de la última semana de 2017 que tienen incidencia fiscal deben planearse con muchísimo cuidado, asunto complejo en una planeación de cierre contable y fiscal, pues de no hacerlo se pueden generar inconsistencias que ocasionarían tanto sanciones pecuniarias como penales.