Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

30 de marzo vence plazo para reactivar el Registro Nacional de Turismo


Actualizado: 4 marzo, 2021 (hace 3 años)

El 30 de marzo de 2021 vence el plazo para que los prestadores de servicios turísticos reactiven el Registro Nacional de Turismo -RNT- de forma gratuita.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, recordó que este año los prestadores de servicios turísticos podrán acogerse al beneficio transitorio del no cobro de la multa de un salario mínimo para la reactivación del RNT, que viene en la nueva Ley General de Turismo, Ley 2068 de 2020.

Este apoyo contenido en la Ley es para aquellos prestadores de servicios turísticos, que en medio del período de aislamiento preventivo obligatorio, dejaron pasar el plazo para renovar sin multa su RNT el 3 de julio de 2020.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 019 de 2012, la inscripción tiene una vigencia anual y debe renovarse dentro de los tres primeros meses de cada año.

Es primordial tener en cuenta que se deberá realizar una solicitud de renovación y/o reactivación por cada uno de los registros que se tengan.

De no renovar el RNT dentro del período señalado, este se suspenderá automáticamente el 1 de abril de 2021, hasta que se cumpla con dicha obligación.

Realice este proceso ingresando en el siguiente link: https://rnt.confecamaras.co/login

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