Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

4 puntos a destacar sobre las tarifas del IVA que ya entraron en curso


4 puntos a destacar sobre las tarifas del IVA que ya entraron en curso
Actualizado: 3 febrero, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. Recaudo
  • 2. Cárcel de por medio
  • 3. Variabilidad en tarifas
  • 4. Factura electrónica: el tiempo corre

Entre los puntos importantes que deben ser tenidos en cuenta por los contribuyentes está el de la penalización con cárcel para los comerciantes que no reporten el IVA al Estado. Ojo con la variabilidad en las tarifas.

Aunque lo más relevante entre los cambios introducidos al IVA es el incremento de la tarifa general, del 16 al 19% o el paso de algunos productos a una tarifa inferior (5 %), alrededor de este impuesto hay otros puntos que se deben conocer y tener en cuenta.

1. Recaudo

El IVA pasará de aportar 45 billones al año a 7 billones de pesos adicionales. Sin embargo, para el director de la DIAN, Santiago Rojas, el impuesto fuera de permitir ingresos al Estado, también está unido a la lucha contra la evasión, por lo que entran a jugar medidas penales por no cobrar este tributo.

“Hay que recordar que no hubo aumento de IVA para los productos de la canasta familiar que estaban en cero. Se mantuvo la tarifa del 0 y el 5% para los que tenían la tarifa desde antes y, en cambio, algunos con tarifa general bajaron al 5%”, dijo Rojas recientemente.

2. Cárcel de por medio

Se considera delito carcelable que un comerciante cobre el IVA y no lo reporte al Estado, así como que no lo cobre. Este par de conductas se encuentran penalizadas con entre 4 y 9 años de prisión, según la reforma tributaria.

“habrá un programa específico para que los profesionales independientes, que son del régimen común, expidan la factura, cobren el IVA y se lo aporten al Estado”

El Director de la DIAN, sobre este punto, ha dicho que habrá un programa específico para que los profesionales independientes, que son del régimen común, expidan la factura, cobren el IVA y se lo aporten al Estado. Quien no haga eso irá a la cárcel.

Junto a los profesionales independientes, entre los grupos que pueden incurrir en inconsistencias con el IVA figuran los locales comerciales, al igual que los restaurantes y bares que quedaron unificados con el impuesto al consumo del 8%. Para este último caso, el delito sería que no le den la factura al que paga en efectivo, ya que se aumenta el riesgo de no reportar dicho ingreso a la DIAN.

3. Variabilidad en tarifas

Fuera del cambio del 16% al 19% y del impuesto al consumo del 8% relacionado con restaurantes franquiciados que antes cobraban IVA general, otra de las novedades establecidas es el del impuesto al consumo del 4% para el plan de datos de celulares de más de $45.000 mensuales. También, hay un pago por uso de bolsas plásticas desde el segundo semestre de este año, el cual se irá incrementando.

La tarifa del 5%, además de los que ya la tenían, se aplicará a algunos productos como las toallas higiénicas, las bicicletas de menos de 50 UVT, los celulares de menos de $650.000, las neveras de menos de $900.000 que hagan parte de un programa de reciclaje de neveras.

4. Factura electrónica: el tiempo corre

Cabe recordar que desde el 1º de enero del 2019 la factura electrónica será obligatoria para todas las transacciones que se realicen. Lo anterior, quiere decir que la DIAN ejercerá un mayor control en materia del IVA y logrará un menor costo de administración, ya que no tendrá que guardar papeles durante cinco años. Por otra parte, para los contribuyentes, las devoluciones serán más rápidas.

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