Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

5 aspectos importantes sobre el impuesto diferido para el año gravable 2021


Actualizado: 1 diciembre, 2021 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tratamiento de los impuestos diferidos generados en el año gravable 2021
  • Determinación del impuesto diferido que podrá llevarse al patrimonio en el año gravable 2021
  • Reforma tributaria: novedades en el cálculo del impuesto diferido del año gravable 2021
  • Determinación de la naturaleza activa o pasiva del impuesto diferido
  • Enmienda a la NIC 12: impuestos diferidos en arrendamiento y desmantelamiento
  • Material relacionado:

El impuesto diferido es una herramienta que permite reflejar en los estados financieros las consecuencias fiscales futuras de hechos económicos presentes.

A continuación, se dan a conocer aspectos relacionados con el tratamiento contable del impuesto diferido.

El impuesto diferido es una estimación del tributo que una entidad deberá pagar o dejar de pagar en el futuro, debido a que algunos ingresos y gastos no son gravados o deducibles en el período en el que se reconocen en los estados financieros, pero sí en períodos siguientes.

Te presentamos 5 repuestas importantes que te ayudarán a resolver dudas sobre este tema:

Tratamiento de los impuestos diferidos generados en el año gravable 2021 

El Decreto 1311 de 2021 reglamenta el artículo 50 del Decreto Ley 410 de 1971 y establece una alternativa contable para mitigar los efectos del cambio de tarifa del impuesto que generó la Ley de reforma tributaria 2155 de 2021, sobre las cifras de los estados financieros del período gravable 2021.  

El Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e impuestos, da a conocer cómo debe aplicarse la indicación del Decreto 1311 sobre los nuevos impuestos diferidos que nacen en la vigencia 2021.  

Determinación del impuesto diferido que podrá llevarse al patrimonio en el año gravable 2021 

A continuación, el Dr. Juan Fernando Mejía explica cómo se determina el impuesto diferido que podrá llevarse al patrimonio en el año gravable 2021, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1311 de 2021.  

Reforma tributaria: novedades en el cálculo del impuesto diferido del año gravable 2021 

La Ley 2155 de 2021 incrementó la tasa del impuesto de renta del 31 % al 35 % para 2022; aunque según lo establecido en la Ley 2010 de 2019 se esperaba que para dicho año  la tasa fuera del 30 %.  

Con base en lo anterior, el Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e impuestos, indica cuáles son las novedades que introduce el Decreto 1311 de 2021 frente al cálculo del impuesto diferido del año gravable 2021 a causa del cambio de tarifa en el impuesto de renta.  

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Registro contable del impuesto diferido al cierre de 2021: regulado por cambio de la Ley 2155 de 2021

Determinación de la naturaleza activa o pasiva del impuesto diferido 

A continuación, el Dr. Juan Fernando Mejía explica mediante un ejemplo práctico cómo determinar la naturaleza activa y la pasiva del impuesto diferido; adicionalmente, señala cuáles son los métodos disponibles para ello y en qué consiste cada uno.  

TAMBIÉN LEE:   CTCP analizó la posibilidad de que diferencias temporarias o permanentes generen impuesto diferido

Enmienda a la NIC 12: impuestos diferidos en arrendamiento y desmantelamiento 

El Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Estándares Internacionales e impuestos, señala mediante un ejemplo práctico en qué consiste la enmienda a la NIC 12 sobre los impuestos diferidos en arrendamientos y desmantelamientos.  

Es importante mencionar que la NIC 12 debe aplicarse a partir del 1 de enero de 2023.  

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