Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

6 características del componente promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial


6 características del componente promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial
Actualizado: 24 marzo, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. Finalidad del plan de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial
  • 2. ¿Quiénes son los beneficiarios?
  • 3. ¿Qué se debe hacer para obtener los beneficios?
  • 4. Actividades de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial
  • 5. ¿De qué forma se financiarán los proyectos?
  • 6. Instrumentos de financiación para emprendimientos

Las Cajas de Compensación Familiar ya pueden llevar a cabo programas de empleo, formación y emprendimiento con la creación del componente de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial que a continuación explicamos.

Con la firma por parte del presidente Santos del Decreto 454 de 2017, el cual reglamenta un par de artículos de la Ley 1780 de 2016, las Cajas de Compensación Familiar podrán desarrollar programas de empleo, formación y emprendimiento, en particular en las zonas rurales y de posconflicto.

La norma crea el componente de Promoción del Emprendimiento y Desarrollo Empresarial en el marco del Mecanismo de Protección al Cesante, estableciendo también la fundación del Fondo de Emprendimiento, el cual financiará iniciativas de economía social y solidaria y potenciará el rol de la mujer con programas de empleabilidad con enfoque de género.

1. Finalidad del plan de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial

Según el artículo 10 de la Ley 1780 de 2016, la Promoción del Emprendimiento y Desarrollo Empresarial, como componente del Mecanismo de Protección al Cesante, es la herramienta ideal para impulsar y financiar emprendimientos, iniciativas de autoempleo, innovación social para el emprendimiento (micro y pequeñas empresas), que requieran apoyo en su proceso de desarrollo. A través del componente de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial se impulsarán iniciativas individuales o colectivas, buscando promover enfoques de economía social y solidaria.

2. ¿Quiénes son los beneficiarios?

Podrán ser beneficiarias todas las personas que quieran crear emprendimientos, iniciativas de autoempleo y de innovación social para el emprendimiento, o fortalecer micro y pequeñas empresas que requieran apoyo para su desarrollo.

3. ¿Qué se debe hacer para obtener los beneficios?

Para acceder a los beneficios los interesados deben inscribirse ante las Cajas de Compensación Familiar y manifestar su interés de realizar un emprendimiento, tener una iniciativa de autoempleo o de innovación social o, en su defecto, el fortalecimiento de una micro o pequeña empresa.

Para el otorgamiento de recursos destinados a financiar lo anterior, el Ministerio del Trabajo definirá las condiciones de amortización de los recursos en caso de crédito o microcrédito, así como de acceso y exclusión a los programas y proyectos del componente de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial.

4. Actividades de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial

Las Cajas de Compensación Familiar, entre otras instituciones, deberán realizar actividades como el registro de los beneficiarios de los servicios y programas a desarrollar, en el cual se incluirán los emprendimientos, iniciativas de autoempleo o innovación social para el emprendimiento (micro y pequeñas empresas) que requieran apoyo para su desarrollo; se realizarán ejercicios de sensibilización que permitan introducir y guiar a los beneficiarios en lo que concierne a sus oportunidades para realizar un emprendimiento. De manera adicional, se realizarán valoraciones y diagnósticos del perfil de competencias empresariales para el emprendimiento y la iniciativa emprendedora.

5. ¿De qué forma se financiarán los proyectos?

Los programas y proyectos enfocados a impulsar y financiar emprendimientos, iniciativas de autoempleo e innovación social para el emprendimiento o fortalecer micro y pequeñas empresas que requieran apoyo para su desarrollo, serán financiados con cargo a la subcuenta de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial.

6. Instrumentos de financiación para emprendimientos

Con cargo a la subcuenta de promoción del emprendimiento y desarrollo empresarial del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante –FOSFEC–, las Cajas de Compensación Familiar pondrán a disposición los recursos que financiarán los emprendimientos, iniciativas de autoempleo, innovación social para el emprendimiento o micro y pequeñas empresas que requieran apoyo para su desarrollo, a través de los siguientes instrumentos:

  • Capital Semilla.
  • Crédito o microcrédito.

Otros instrumentos de financiación que para el efecto defina el Ministerio del Trabajo en coordinación con las Cajas de Compensación Familiar.

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