Las prestaciones sociales comprenden las cesantías, intereses a las cesantías y la prima de servicios. A este pago tienen derecho todos los trabajadores dependientes, a excepción de aquellos con los que se haya pactado un salario integral.
De otra parte, las vacaciones son un descanso remunerado al que tienen derecho todos los empleados dependientes, incluidos los empleados que devenguen un salario integral (ver artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–).