Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A partir de enero 1 del 2016 debe aplicarse nuevo anexo del Decreto 2784 del 2012


A partir de enero 1 del 2016 debe aplicarse nuevo anexo del Decreto 2784 del 2012
Actualizado: 1 julio, 2015 (hace 9 años)

Este anexo contiene el marco técnico normativo de las NIIF Plenas para los preparadores de información financiera del Grupo 1. Siete modificaciones deberán ser tenidas en cuenta a partir del próximo año.

Haciendo un poco de historia, el Ministerio de Comercio mediante el Decreto 2615 de diciembre 17 del 2014 modificó el anexo del Decreto 2784 de diciembre del 2012, que contiene el marco técnico normativo de los preparadores de información del Grupo 1, los cuales deben aplicar las NIIF Plenas junto con sus respectivas interpretaciones.

Con el nuevo Decreto 2615 del 2014, el Gobierno reexpide en su totalidad el anexo del Decreto 2784 de 2012, con un total de 1104 páginas, y en la nueva versión se incorporaron las modificaciones que en el año 2013 fueron realizadas por el IASB a las siguientes normas:

  1. Información a revelar sobre el Importe Recuperable de Activos no Financieros que modifica la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos (mayo del 2013).
  2. CINIIF 21 Gravámenes – nueva interpretación (mayo del 2013).
  3. Novación de Derivados y Continuación de la Contabilidad de Coberturas que modifica la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición (junio del 2013).
  4. Mejoras anuales a las NIIF: ciclo 2010-2012 (diciembre del 2013): NIIF 2 Pagos basados en acciones; NIIF 3 Combinaciones de Negocios; NIIF 8 Segmentos de Operación; NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo; NIC 24 Información a Revelar de las Partes Relacionadas; NIC 38 Activos Intangibles.
  5. Mejoras anuales a las NIIF: ciclo 2011-2013 (diciembre del 2013): NIIF 1 Adopción por Primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera; NIIF 3 Combinaciones de Negocios; NIIF 13 Medición del Valor Razonable; NIC 40 Propiedades de Inversión.
  6. Planes de beneficios definidos: Aportaciones a los empleados, que modifica la NIC 19 Beneficios a empleados (noviembre del 2013).
  7. NIIF 9: Instrumentos Financieros Contabilidad de coberturas y modificaciones a la NIIF 9, NIIF 7 y NIC 39 (noviembre del 2013).

Nueva versión del anexo tendrá aplicación a partir del año 2016

El artículo 2 del Decreto 2615 del 2014 dice:

“Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto entrará a regir el 1º de enero de 2016, fecha a partir de la cual quedará derogado el marco técnico normativo contenido en el anexo del Decreto 2784 del 28 de diciembre de 2012 y el Decreto 3023 del 27 de diciembre de 2013.”

Según lo anterior, durante el año 2015, cuando los preparadores de información del Grupo 1 empezarán a dar aplicación oficial del marco contenido en el Decreto 2784 de 2012 para todos los efectos, excepto para los tributarios (Decreto 2548 de diciembre 12 de 2014), la versión que deberán aplicar para todos los registros sería la que tenía el anexo hasta antes de las modificaciones que se le hicieron con el Decreto 2615 del 2014.

“las 7 nuevas modificaciones que se introdujeron mediante el Decreto 2615 de 2014 al anexo del Decreto 2784 de 2012 solo empezarán a ser tenidas en cuentas a partir del año 2016.”

Por tanto, las 7 nuevas modificaciones que se introdujeron mediante el Decreto 2615 de 2014 al anexo del Decreto 2784 de 2012 solo empezarán a ser tenidas en cuentas a partir del año 2016.

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