Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A partir de enero de 2006 se aumenta el aporte obligatorio a los Fondos de Pensiones


Actualizado: 21 noviembre, 2005 (hace 18 años)

Tal como quedó señalado desde enero 29 de 2003 cuando se sancionó la ley 797 de 2003, a partir de enero 1 de 2006 la cotización obligatoria a fondos de pensiones se tiene que incrementar en  medio porciento (0,5%) en comparación con la que se viene aplicando durante el actual año 2005 (véase el art.20 de la ley 100 de 1993, el cual fue modificado con el art.7 de la ley 797 de enero de 2003)

En consecuencia, la cotización obligatoria que se viene realizando durante el presente año 2005, la cual está en el 15%, pasará a ser del 15,5% a partir de enero de 2006, y el cubrimiento de la misma se dará en las mismas proporciones a como se viene haciendo hasta la fecha (el empleador aportará 3/4 partes de la tarifa, es decir, aportará un 11,625%, y el trabajador aportará el 1/4 restante, es decir, aportará 3,875%)

Ese incremento será el tercer incremento consecutivo que sufre la tarifa de cotización desde el año 2003, pues tal como se dispuso en la ley 797, la tarifa ha tenido las siguientes evoluciones

  • Hasta dic de 2003, fue del 13,5%
  • Entre 1 de enero de 2004 y dic 31 de 2004 fue del 14,5%
  • Entre 1 de enero de 2005 y dic 31 de 2005 es del 15%
  • Desde 1 de enero de 2006 en adelante será del 15,5%

Así mismo es importante tener presente que el inciso tercero del art.20 de la ley 100 de 1993 (luego de su modificación con el art.7 de la ley 797 de 2003) dispone lo siguiente:

A partir del 1º de Enero del año 2008, el Gobierno Nacional podrá incrementar en un (1%) punto adicional la cotización por una sola vez, siempre y cuando el crecimiento del producto interno bruto sea igual o superior al 4% en promedio durante los dos (2) años anteriores

Como resultado de lo anterior, tanto empleadores como trabajadores deben prepararse para tener que enfrentar una mayor carga financiera a partir de enero de 2006 en lo concerniente al aporte obligatorio que les compete realizar a los Fondos de Pensiones (tanto al ISS como a los fondos privados).

Tal incremento en la tarifa del aporte obligatorio deberá tambien ser tenido en cuenta por quienes son cotizantes bajo la figura de “trabajadores independientes”.

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