Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿A qué cuenta se lleva el impuesto de estampilla que cobran los hospitales?


¿A qué cuenta se lleva el impuesto de estampilla que cobran los hospitales?
Actualizado: 11 noviembre, 2013 (hace 10 años)

El cobro de estampillas califica como impuesto. Y como a los ojos de la DIAN es un gasto impuesto habría que contabilizarlo directamente en la cuenta 511595 del PUC, donde cada quine decide si es deducible o no.

Al buscar en el PUC de comerciantes con Decreto el 2649 que todavía se usa, nos dirigimos dónde contabilizar una cuenta del gasto por estampillas y aparecen las cuentas 519550, 529550 que son diversos estampillas.

Pero en realidad el cobro de estas estampillas sí termina calificando como un impuesto porque impuesto es todo aquello que cobran en las entidades públicas sin que ellos estén obligados a dar un servicio especial a cambio.

Incluso el Concepto DIAN 18148 del 15 de marzo de 2012, dice que el gasto de las estampillas lo asimilan a un impuesto, y si es así, resulta que no está en el art. 115 del E.T., entonces para la DIAN no es deducible, porque los únicos impuestos que son deducibles son los que estén en el art. 115 del E.T.

Y eso va en contra de algo que ha dicho varias veces el Consejo de Estado como es que al contribuyente se le debe permitir deducir el valor de las estampillas si son un gasto muy necesario para realizar su gestión.

Se debe tener presente que los fallos del Consejo de Estado no se pueden generalizar para todos los casos sino los particulares que hayan peleado en esa ocasión. Entonces si la DIAN ha perdido esos casos porque el Consejo le dio la razón al contribuyente, y le dijo que sí le tenían que permitir deducir el gasto por impuesto por estampilla, no quiere decir que la entidad no puede pelear en los otros gastos.

Si a los ojos de la DIAN es un gasto impuesto habría que acostumbrarse mejor a contabilizarlo no en las cuentas que nombramos anteriormente sino directamente en la cuenta 511595, diversos, donde cada quien decidirá si la mete como deducible o no.

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