Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Acciones de cobro para empresa que se encuentra en mora por falta de pagos de seguridad social


Actualizado: 14 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Cuando una empresa se encuentra en mora por concepto de aportes a seguridad social, ¿a quién le corresponde adelantar las acciones de cobro?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que, cuando una empresa no realiza de manera oportuna los pagos a seguridad social ante las diferentes entidades, es decir, EPS, pensión y ARL, le corresponde a cada entidad adelantar las acciones de cobro.

Es de anotar que las entidades de los fondos de pensión en particular deben actuar oportunamente con la exigencia de los respectivos aportes, porque, de lo contrario, si una persona inicia con el proceso de reclamación de esta, y le faltan semanas por cotizar por parte de su empleador, será el fondo quien tendrá la obligación de responder por dicho pago.

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