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Acciones preferentes en empresas del Grupo 1, ¿cuál es su tratamiento?


Acciones preferentes en empresas del Grupo 1, ¿cuál es su tratamiento?
Actualizado: 6 mayo, 2015 (hace 9 años)

Las acciones preferentes, las que no dan derecho a voto sino a unos dividendos ya establecidos, no se reconocen como instrumentos de patrimonio, sino de deuda en el estado financiero del emisor y en el estado financiero del inversionista.

Brevemente respondamos la siguiente inquietud. ¿Cual es el reconocimiento y tratamiento adecuado, para las acciones preferentes en las empresas del Grupo 1?

El tratamiento de las acciones preferentes está contemplado en la Sección 21 de la NIIF para pymes, la cual habla de pasivo y patrimonio. Aquí se establece lo que se debe hacer con las acciones preferentes.

Si una entidad emite acciones que no dan derecho a voto sino a unos dividendos, previamente establecidos, dichas acciones no deben ir al patrimonio, porque los instrumentos de patrimonio tienen la característica de exponer al inversionista un riesgo variable, pero también darle un derecho variable sobre las utilidades de la entidad en la cual está invirtiendo y las acciones preferenciales no tienen esas características.

Las acciones preferenciales se comportan como si el inversionista le estuviera prestando dinero a la entidad. Por ejemplo, se le prestan $100 y le van a entregar el 2% mensual. Entonces no se trata de un instrumento de patrimonio sino del tipo de instrumento financiero pasivo, donde la entidad se compromete a pagar una suma ya establecida a quien le está entregando los recursos.

Por parte del que emite las acciones preferenciales, siempre que éstas no den derecho al voto, ni expongan a riesgos variables, ni otorguen beneficios variables sobre utilidades, serán reconocidas como pasivo financiero, como si se estuvieran emitiendo bonos o títulos de deuda.

Ahora, quien está realizando la inversión dirá que tiene un activo financiero, pero esta inversión no le da ni influencia ni control sobre la entidad sobre la cual ha hecho la inversión. En este sentido, la inversión no será en asociada ni en una entidad controlada; será un simple instrumento financiero y se medirá de acuerdo con el modelo del costo amortizado con los intereses pactados.

En conclusión, las acciones preferentes, las que no dan derecho a voto sino a unos dividendos ya establecidos, no se reconocen como instrumentos de patrimonio sino de deuda, en el estado financiero del emisor y en el estado financiero del inversionista.

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