Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Actividades meritorias desarrolladas por las Esal para calificar en el régimen tributario especial


Actividades meritorias desarrolladas por las Esal para calificar en el régimen tributario especial
Actualizado: 9 febrero, 2021 (hace 3 años)

Para que una entidad sin ánimo de lucro califique dentro del régimen tributario especial, su objeto social debe corresponder con alguna de las actividades meritorias señaladas en el artículo 359 del ET.

Estas deberán ser de interés general y de acceso para la comunidad.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese explica cuáles son las actividades que debe desarrollar una entidad sin ánimo de lucro que busca pertenecer al régimen tributario especial en 2021. Veamos:

De acuerdo con lo abordado por nuestro conferencista, las entidades sin ánimo de lucro que busquen calificar en el régimen tributario especial –RTE– deben, además de cumplir los requisitos del artículo 19 del Estatuto Tributario –ET–, desarrollar alguna de las actividades meritorias señaladas en el artículo 359 del ET, a las cuales deberá tener acceso la comunidad, entre las que figuran:

Educación

  • Educación inicial, como uno de los componentes de la atención integral de la primera infancia.
  • Educación formal, conformada por los niveles: preescolar, básica y media.
  • Educación superior, en sus diferentes niveles: técnico profesional, tecnológico y profesional universitario.
  • Educación para el trabajo y desarrollo humano.

Salud

  • La prestación o desarrollo de actividades o servicios de promoción de salud, prevención de enfermedades, atención y curación de enfermedades en cualquiera de sus niveles de complejidad, rehabilitación de salud y/o apoyo al mejoramiento del sistema de salud o salud pública, por parte de las entidades autorizadas por el Ministerio de Salud.

Cultura

  • Actividades de promoción y desarrollo de la actividad cultural.

Ciencia, tecnología e innovación

  • Actividades definidas por la Ley 1286 de 2009 y las que se desarrollen dentro de los proyectos aprobados por Colciencias, así como las actividades de investigación en áreas tales como matemáticas, física, química, biología y ciencias sociales (economía, política, sociología y derecho de uso general).

Actividades de desarrollo social

  • Protección, asistencia y promoción de los derechos de la población de especial protección constitucional, de minorías, población en situación de vulnerabilidad, exclusión y discriminación; tales como niños, niñas, adolescentes y jóvenes, personas con discapacidad, personas mayores, grupos y comunidades étnicas, víctimas de conflicto, población desmovilizada, mujeres, población con orientación sexual e identidad de género diversa, población reclusa, población en situación de pobreza y pobreza extrema, población rural o campesina, entre otros.
  • Desarrollo, promoción, mejoramiento de la calidad y cobertura de los servicios públicos y los servicios públicos domiciliarios, así como el avance en las metas de desarrollo fijadas por la ONU.
  • Actividades orientadas a la promoción y desarrollo de la transparencia, control social, lucha contra la corrupción, construcción de paz, desarrollo de las políticas públicas y la participación ciudadana.
  • Actividades de apoyo a la recreación de familias de escasos recursos, desarrollo y mantenimiento de parques y centros de diversión, siempre que sean de acceso general a la comunidad.

Otras actividades

  • Actividades de protección al medio ambiente, conservación, recuperación, protección, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente sostenible.
  • Prevención del uso y consumo de sustancias psicoactivas, alcohol y tabaco; atención y tratamiento a las personas consumidoras.
  • Promoción y apoyo a las actividades deportivas definidas por la Ley 181 de 1995, mediante las políticas públicas y las entidades competentes.
  • Actividades de desarrollo empresarial y promoción del desarrollo empresarial y el emprendimiento definido por la Ley 1014 de 2006.
  • Promoción y apoyo a los derechos humanos y los objetivos globales definidos por las Naciones Unidas.
  • Actividades de promoción y mejoramiento de la administración de justicia.
  • Promoción y apoyo a entidades sin ánimo de lucro que ejecuten acciones directas en el territorio nacional en alguna de las actividades meritorias descritas en este artículo.
  • Actividades de microcrédito, en los términos del artículo 39 de la Ley 590 de 2000.

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