Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Activos financieros básicos


Activos financieros básicos
Actualizado: 22 abril, 2015 (hace 9 años)

Los instrumentos financieros hacen parte de la vida cotidiana de las entidades; desde el efectivo hasta los préstamos bancarios, pasando por la cartera y las cuentas por cobrar a empleados, todos estos conceptos cumplen generalmente la definición de instrumentos financieros.

Las NIIF no son ajenas a esta situación; por el contrario, establecen ampliamente el tratamiento en los estados financieros de este tipo de elementos, de tal manera que las entidades tengan claridad sobre la forma como deben reconocer, medir, presentar y revelar en relación con ellos.

La Sección 11 de la NIIF para Pymes establece el tratamiento en los estados financieros de los Instrumentos Financieros Básicos, determinando el alcance, la definición, reconocimiento y medición inicial, medición posterior, deterioro, baja en cuentas y revelaciones.

Para iniciar, es necesario tener clara la definición de instrumento financiero, incluida en el glosario de las NIIF:

Instrumento financiero: es cualquier contrato que da lugar a un activo financiero en una entidad, y a un pasivo financiero o instrumento de patrimonio en otra entidad.

Activo financiero: cualquier activo que es efectivo, un instrumento de patrimonio de otra entidad, un derecho contractual de recibir efectivo u otro activo financiero de otra entidad, o a intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad en condiciones favorables.

Pasivo Financiero: es una obligación contractual de entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad, o de intercambiar activos financieros con otra entidad, en condiciones potencialmente desfavorables.

“Al hablar entonces de instrumentos financieros básicos, a la luz de las definiciones de las NIIF, se pueden resumir los activos y pasivos financieros en derechos contractuales a recibir pago o a pagar, respectivamente ”

En este artículo se desarrollará todo lo relacionado con activos financieros básicos, excepto los instrumentos de patrimonio de otras entidades.

Al hablar entonces de instrumentos financieros básicos, a la luz de las definiciones de las NIIF, se pueden resumir los activos y pasivos financieros en derechos contractuales a recibir pago o a pagar, respectivamente .

Ahora bien, si se da un vistazo a los elementos de los estados financieros actuales, bajo normatividad local, se encuentra un rubro en el activo llamado “Deudores”. Al inicio, el sentido común llevaría a pensar que los Deudores cumplen la definición de activo financiero, pero obsérvese a continuación algunos aspectos a tener en cuenta a la hora de evaluar cada componente de este grupo:

Cartera de clientes

La Cartera corresponde a los saldos adeudados por los clientes en razón a ventas a crédito de productos y servicios, de lo cual se espera recibir el pago en un período de tiempo previamente negociado.

Esta partida cumple con la definición de activo financiero siempre que la entidad conserve el derecho a cobrar, y no haya cedido este derecho a terceros. En algunos casos especiales como el factoring, hay que tener en cuenta la medida en la cual los riesgos y ventajas de la cartera han sido transferidos a la entidad con la cual se realizó la negociación de factoring.

Tenga en cuenta que si se tienen partidas conciliatorias con clientes, hay que evaluar muy bien si de verdad la entidad tiene aún derecho a cobrar. Si se trata de partidas en disputa, sobre las cuales la entidad no tiene una razonable certeza de que va a obtener pago, no debe reconocer estos valores como cartera, sino solamente revelarlos como activo contingente según la sección 21 de las NIIF para Pymes.

TAMBIÉN LEE:   Recuperación de saldos a favor al trasladarse del régimen ordinario al régimen simple

Anticipos y avances

Esta partida no suele cumplir la definición de instrumento financiero, dado que no le otorga a la Entidad el derecho contractual a cobrar. En su lugar, le otorga el derecho a percibir un servicio, a recibir una mercancía, un elemento de propiedad, planta y equipo, u otro similar.

Es posible que estos recursos sean reembolsables, pero si la finalidad principal no es esa, entonces no deben considerarse como un instrumento financiero. Se pueden reconocer como “otros activos” o bien, si fueron entregados para adquirir otro activo, en la cuenta del respectivo activo, tales como inventarios, propiedades planta y equipo, propiedades de inversión, o cualquier otro.

Anticipos de impuestos, contribuciones y saldos a favor

En relación con esta partida, no cumple la definición de instrumento financiero porque los derechos que tiene la entidad sobre estos recursos no provienen de un contrato, como lo establece la definición de activo financiero. Más bien, provienen de una ley.

Es recomendable que estos recursos se reconozcan en un grupo identificado como activos fiscales, en el cual también se reconocerá el activo por impuesto diferido.

Reclamaciones

Esta partida se puede reconocer como instrumento financiero cuando la entidad tenga una certeza razonable de recibir los recursos. Si existen incertidumbres sobre su recuperabilidad, o la reclamación está en una etapa muy temprana, solo deben incluirse en revelaciones.

Cuentas por cobrar a trabajadores, socios, otras cuentas por cobrar

Sobre estos saldos habrá que evaluar uno a uno si cumplen con la definición, eliminando los que no la cumplan o no estén adecuadamente documentados.

Por ejemplo, si un empleado se retiró hace 3 años y se encontró un faltante en la caja que él administraba, no es sano reconocer por este motivo una cuenta por cobrar, a menos que haya elementos suficientes que permitan efectivamente hacer el recaudo.

Igual sucede con las cuentas por cobrar a socios, las cuales para permanecer en el balance deben estar soportadas por documentos, tener garantías (si es necesario), estar acompañadas de compromisos de pago serios (y que se cumplan los compromisos). De lo contrario, no se podrán reconocer como cuentas por cobrar.

Deudas de difícil cobro

Una partida que haya sido clasificada en esta categoría, probablemente ya no cumpla con la definición de activo, dado que es posible que el deudor no tenga recursos para pagar, que no esté ubicado, que haya fallecido, que se haya liquidado, entre otros.

Será necesario entonces evaluar cada uno de los saldos incluidos en estas cuentas; para definir si se reconocerán como instrumentos financieros, se reclasificarán a otra categoría de activos, o se darán de baja de los estados financieros.

Juan David Maya
Consultor NIIF

*Exclusivo para actualicese.co

Material Relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,