Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Acuerdo de pagos no salariales para subsidiar los gastos de conectividad digital


Actualizado: 20 julio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Luis Miguel Merino

¿Entre empleador y trabajadores que devengan más de dos (2) salarios mínimos se pueden acordar pagos no salariales para efectos de subsidiar los gastos de conectividad digital?

Pregunta resuelta julio 10 de 2020

En un contrato de trabajo se pueden acordar pagos no salariales, pero se deben tener en cuenta, entre otros aspectos, los límites mencionados en el artículo 30 de la Ley 1393 de 2010.

Por su parte, el abogado Luis Miguel Merino, especialista en Derecho Laboral se centra en explicar si, por ejemplo, se pueden acordar entre empleado y trabajador pagos no salariales para sufragar parte de los gastos que se generan por estar conectados a internet para llevar a cabo las labores asignadas.

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