Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Afiliación al servicio de salud para hermano con discapacidad por parte de un cotizante


Actualizado: 14 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Una persona que se encuentra afiliada al sistema de salud en calidad de cotizante, la cual tiene como beneficiarios a su respectivo grupo familiar, es decir, a su cónyuge y sus hijos, puede, adicionalmente, tener como beneficiario en dicho sistema a su hermano menor de edad que se encuentra en condición de discapacidad?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que las personas afiliadas al sistema de seguridad social integral en salud en calidad de cotizantes tienen derecho a incluir un grupo de personas como beneficiarios.

En ese sentido, se establece que podrán ostentar el título de beneficiarios en salud: el cónyuge o, a falta de este, el compañero permanente, los hijos menores de 25 años de edad que dependan económicamente del cotizante, los hijos sin importar la edad cuando tienen una incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante, entre otros.

Por otro lado, se precisa que, si el cotizante desea afiliar una persona que se encuentra por fuera de su grupo familiar, lo puede hacer, pero en calidad de UPC; situación en la cual deberá asumir un pago adicional, que dependerá del género y la edad de la persona a afiliar.

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