Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Afiliadoras de poste»: ministerio del Trabajo envía mensaje de alerta


Actualizado: 23 febrero, 2022 (hace 2 años)

Durante del 2021 las presuntas estafas por parte de las “afiliadoras de poste” ascendieron a 5 mil millones de pesos.

En los postes de casi todo el país, se ven avisos que ofrecen afiliaciones mensuales a EPS, ARL y pensión por costos mínimos que van desde $50.000. Lo que las personas no saben es que este tipo de afiliaciones son fraudulentas y las empresas que las realizan estarían estafando y convirtiéndose en captadoras ilegales de dinero.

“Luego de conocer las denuncias de los ciudadanos, realizamos un trabajo juicioso con nuestros inspectores y fuimos a estos lugares para hacer una revisión a fondo, increíblemente encontramos que estas oficinas que serían captadoras de dinero, como se observa en los vídeos, cobran hasta $200.000 mensuales por afiliar a los trabajadores a EPS, ARL y pensión, pero realmente los afilian sólo 1 o máximo 8 días, esto significa que, si el trabajador tiene un accidente y requiere servicios de salud, nadie le va a responder, porque las afiliaciones son por periodos inferiores al mes apenas por unos días”, aseguró Ángel Custodio Cabrera, Ministro del Trabajo.

La Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, le recuerda a la ciudadanía que, para ejercer la función de intermediación en la afiliación y pago de aportes en la seguridad social, se debe contar con la autorización previa del Ministerio de Salud y Protección Social, para lo cual pueden consultar el listado de entidades autorizadas para la afiliación colectiva de trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social.

Durante 2021 la UGPP recibió y gestionó alrededor de 400 denuncias relacionadas con 286 empresas que presuntamente realizaban la intermediación de la afiliación y pago de aportes al Sistema de la Protección Social de aproximadamente 60.000 trabajadores independientes, sin autorización del Ministerio de Salud y cometiendo irregularidades en el uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA.

“Al existir un contrato de trabajo verbal o escrito, quien debe afiliar y cotizar a la seguridad social del trabajador dependiente es la empresa, junto con el trabajador, por eso también insistimos a los trabajadores independientes que no se dejen engañar por estas afiliadoras de poste, porque en caso de accidente laboral o enfermedad quedarían totalmente desamparados”, puntualizó Cabrera.

¿Qué sucede si el trabajador no está afiliado por la empresa contratante? Su afiliación no es válida, la empresa contratante asume todas las prestaciones económicas y asistenciales por accidentes de trabajo, enfermedad laboral o muerte del trabajador en una cuantía que puede superar los quinientos millones de pesos.

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Las “afiliadoras” de poste no cotizan por los 30 días del mes, sólo reportan y pagan la seguridad social (Pensiones, Salud y Riesgos Laborales) por el valor correspondiente a un día de cotización, máximo 8, reportando el retiro del trabajador o independiente y se quedan con el dinero de los otros días, en tal sentido quedan descubiertos en salud, pensiones y riesgos laborales, ya que se apropian indebidamente de los dineros que de buena fe les depositan, o no transfieren la totalidad de los recursos a cada una de las entidades del sistema; o proceden a su afiliación bajo una condición muy distinta a la que realmente tienen.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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