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Agentes de retención según el artículo 368-2


Actualizado: 9 septiembre, 2025 (hace 10 meses)

🔴 De acuerdo con el artículo 368-2 del Estatuto Tributario, las personas naturales comerciantes que registren ingresos o patrimonio bruto superiores a 30.000 UVT adquieren la calidad de agente de retención ☑️

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