Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Agresión de familiar del empleador: causal de terminación e indemnización


Agresión de familiar del empleador: causal de terminación e indemnización
Actualizado: 27 agosto, 2013 (hace 11 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Terminación unilateral de la relación laboral
  • Justa causa del trabajador por malos tratos del empleador y/o sus familiares
  • ¿En dónde?
  • ¿Quién más puede ser el agresor?
  • En caso de ser otros los agresores como el punto anterior, ¿dónde debe ser la agresión?
  • ¿Y cómo debe ser el comportamiento del empleador?
  • Pero ojo, no siempre procede la indemnización por esta causal
  • Ejemplos

Cuando un trabajador es maltratado física o verbalmente por un familiar del empleador, este puede renunciar con justa causa al empleo y como consecuencia de ello el empleador deberá indemnizar al trabajador. Pero esta indemnización solo será predicada cuando el empleador esté presente en la ocasión del maltrato, esté de acuerdo con ellos y no interfiera para evitar que se sigan causando.

La Norma (haz click en la imagen para ampliar)

La Norma (haz click en la imagen para ampliar)

La relación que existe entre un trabajador y su empleador es contractual, la cual puede terminarse de mutuo acuerdo o unilateralmente por cualquiera de los dos, por causas imputables al otro. Eso es despido con justa causa (el empleador) o renuncia con justa causa, o despido indirecto (por parte del trabajador).

Terminación unilateral de la relación laboral

Para terminarlo unilateralmente tanto el trabajador como el empleador cuentan con unas justas causas, las cuales pueden generar o no indemnización al trabajador. Es decir que si la justa causa es a favor del empleador este puede terminar el contrato laboral sin indemnizar al trabajador y si la justa causa es a favor del trabajador (lo cual da origen a una renuncia justificada) debe el empleador pagar una indemnización por los agravios que haya cometido. El monto de la indemnización depende del tipo de contrato, si es fijo o indefinido, según el artículo 64 del C.S.T.

Dichas causas o motivos para dar por terminado unilateralmente la relación laboral se encuentran establecidas en el artículo 62 del Código Laboral, en el contrato y en el reglamento interno de trabajo.

Justa causa del trabajador por malos tratos del empleador y/o sus familiares

Entre las justas causas correspondientes a los trabajadores se encuentra una donde faculta al trabajador a terminar el trabajo si es agredido por el empleador o uno de sus familiares con consentimiento del empleador, la cual es denominada Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el empleador contra el trabajador o los miembros de su familia, dentro o fuera del servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o dependientes del empleador con el consentimiento o la tolerancia de éste(artículo 62 C.S.T).

Si se observa, de la norma mencionada podemos establecer varias formas de causales de renuncia motivada, veámoslo así:

La conducta del empleador:

  • Todo acto de violencia,
  • malos tratamientos o
  • amenazas graves

Contra:

El trabajador o los miembros de su familia.

¿En dónde?

Dentro o fuera del servicio.

¿Quién más puede ser el agresor?

Parientes, representantes o dependientes del empleador.

En caso de ser otros los agresores como el punto anterior, ¿dónde debe ser la agresión?

Dentro del servicio.

¿Y cómo debe ser el comportamiento del empleador?

Con el consentimiento o la tolerancia de éste.

Como se puede observar, para que la renuncia del trabajador sea considerada justa causa y por ende, pretender cobrar indemnización, es menester que los maltratos de parientes, representantes o dependientes del empleador para con el trabajador, sea con la anuencia o simple silencio del empleador, teniendo éste conocimiento de dicha situación.

“Ahora bien, se observa igualmente necesario aclarar que la indemnización de perjuicios establecida en artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo no sólo fue contemplada para aquellos eventos en que el trabajador sea despedido sin justa causa, sino también para el caso en que el trabajador termine unilateralmente el contrato de trabajo o renuncie motivado por el empleador y en las causas señaladas en el literal b) numeral 2 del artículo 62 del citado código cuyo texto señala que «Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el patrono contra el trabajador, o los miembros de su familia dentro o fuera del servicio por los parientes, representantes o dependientes del patrono con el consentimiento o la tolerancia de éste (subrayado fuera del texto original. Concepto 114191 de Agosto 06 de 2012 Ministerio del Trabajo).

Pero ojo, no siempre procede la indemnización por esta causal

Aunque el trabajador sufra actos violentos o maltratos por los familiares del empleador, no siempre puede acudir a esta causal, pues si el empleador demuestra que aunque existió dicha amenaza y él intervino para evitarla o impedir que continúe, ya no sería imputable esta conducta a él. El mismo artículo 62 del C.S.T. dispone que esta justa causa solo procede cuando existe consentimiento por parte del empleador:

“En este orden de ideas, considera la Oficina que no habría lugar a la indemnización de perjuicios establecida en el Artículo 64 del Código Sustantivo del trabajo, por cuanto no se tipifica la conducta descrita por la norma, debido a que el empleador no consintió la amenaza como lo regula el numeral 2 liberal b del artículo 62 del Código Sustantivo del trabajo al establecer que «Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el patrono contra el trabajador, o los miembros de su familia dentro o fuera del servicio por los parientes, representantes o dependientes del (empleador) con el consentimiento o la tolerancia de éste (subrayado fuera del texto original)» (Concepto 114191 de Agosto 06 de 2012)

Ejemplos

Casos donde el trabajador podría renunciar con justa causa y pretender indemnización:

  • El trabajador y su familia se encuentran en un supermercado y llega el empleador y decide agredir al trabajador o a alguno de sus familiares (violencia, malos tratos o amenazas graves).
  • El trabajador está en su escritorio de trabajo y llega el hijo del dueño de la empresa y empieza a insultar o a hacerle amenazas graves al trabajador y el dueño se da cuenta, pero no hace nada para evitarlo o frenar dicha situación.

No hay derecho a indemnización, en caso de renuncia del trabajador:

  • El domingo varios trabajadores y unos familiares del empleador, deciden reunirse en una cancha de futbol (sin patrocinio del empleador) y en medio del partido hay un roce y se inicia una pelea entre un trabajador y un familiar del empleador.

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