Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¡Al fin una reforma tributaria que le apuesta a gravar bebidas azucaradas y productos ultraprocesados!


El Gobierno del presidente Gustavo Petro empezó a trabajar en las propuestas de campaña a tan solo un día de su posesión, fue así como el 8 de agosto de 2022 se radicó ante el Congreso de la República el primero de los muchos proyectos de reforma que esperan realizarse durante este cuatrienio, como es el proyecto de reforma tributaria para la igualdad y justicia social.

Dicho proyecto de reforma tributaria se ha fundamentado en 4 pilares importantes: el impuesto a las personas naturales, la lucha contra la evasión, las empresas y sector productivo, y el camino a la transición energética e impuestos saludables. Es precisamente este último pilar el que ha dado mucho de qué hablar; las opiniones son divididas.

Al respecto, resulta necesario leer con detenimiento la exposición de motivos del proyecto de reforma en mención para comprender que Colombia es uno de los pocos países en América Latina que no cuenta con impuestos saludables, como el propuesto a las bebidas azucaradas y a productos ultraprocesados; y tal vez el logro más importante que puede lograr la materialización de la propuesta es, nada más y nada menos, mejorar la calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos a través del reconocimiento de los efectos adversos sobre la salud que estos generan: ¡un logro nada despreciable!

“Que un producto cueste más, no frena su consumo”, argumentan algunos. “La solución no es volverlos incomprables, sino hacerle entender al consumidor el riesgo de consumirlos”, dicen otros. Estas aseveraciones son parcialmente ciertas; con seguridad, podríamos encontrar escenarios o casos que las respalden, dependiendo del nivel de ingresos y otros aspectos particulares de cada contribuyente.

Sin embargo, lo que sí es definitivamente cierto, es que tanto el impuesto a las bebidas azucaradas como el impuesto a los productos ultraprocesados son impuestos pigouvianos; en palabras castizas: impuestos que pretenden corregir la externalidad negativa –es decir, los efectos dañinos para la sociedad– procedente del consumo de este tipo de productos sobre la salud de la población.

¿Y cómo el tal impuesto pigouviano puede lograr tal hazaña? Haciendo uso de dos medidas: desalentar su consumo y fortalecer el sistema de salud que atiende las consecuencias derivadas del mismo. Como se explica en el proyecto de reforma, los recursos recaudados por concepto de este impuesto se orientarían a la financiación de los requerimientos del sistema de salud derivados de enfermedades relacionadas con el consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, como diabetes, hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares, cáncer, obesidad, entre otras, según lo ha relatado la Organización Mundial de la Salud.

Entonces, ante el miedo que parece rondar respecto a la implementación de este impuesto, vale la pena analizar algunos aspectos básicos e importantes:

¿Cuáles bebidas serían gravadas?

De acuerdo con el proyecto de reforma tributaria, estarán sometidas al impuesto nacional al consumo la producción y primera venta o importación de las bebidas azucaradas, tales como:

  • Bebidas gaseosas o carbonatadas (la famosa Coca-Cola).
  • Bebidas a base de malta (la Pony ¿bebida de campeones?).
  • Bebidas tipo té o café (el Mr. Tea “con antioxidantes”).
  • Bebidas a base de fruta en cualquier concentración, refrescos, zumos, néctares de fruta y aguas endulzadas o saborizadas (el juguito Hit “con vitaminas C, B2, B3, B6 y hasta la Z”).
  • Bebidas energizantes y deportivas (Gatorade: “la bebida de los deportistas”).
  • Mezclas en polvo (el Frutiño: “fuente de vitaminas”).
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Dicho impuesto sería de $0 para bebidas que contengan menos de 4 gramos de azúcar por cada 100 mililitros, y hasta $35 para aquellas con una cantidad mayor o igual a 8 gramos de azúcar.  

¿Y cuál sería la suerte para los productos ultraprocesados?

El proyecto de reforma tributaria también propone un impuesto del 10 % a los productos comestibles ultraprocesados como:

  • Carnes y despojos comestibles; ahumados, secos, embutidos (¡pero pilas!, se excluyen la tradicional butifarra, el salchichón, la mortadela y otros que sí hacen parte de la canasta familiar colombiana).
  • Papas fritas, chicharrones empacados, snacks, galletas dulces, barquillos, obleas, tortas, bizcochos, merengues, confites, frutas recubiertas con chocolate, entre otros que no necesitan mayor explicación.

Ahora sí, hablemos claro: ¡a los números!

Analicemos el caso de una bebida mundialmente conocida: la Coca-Cola. Haciendo una búsqueda rápida por Internet, encontramos que, según la información “nutricional” que consta en la etiqueta del producto, por cada 100 ml de bebida, la Coca-Cola cuenta con 10,6 gramos de azúcares. Calculemos el impuesto para su presentación en lata de 330 ml:

Mililitros de bebida

Gramos de azúcar por cada 100 mililitros

Total, de gramos de azúcar para la bebida

Impuesto a las bebidas azucaradas por cada 100 mililitros para bebidas con más de 8 gramos de azúcar

Total, del impuesto a las bebidas azucaradas

Precio de la debida gaseosa antes del impuesto

Precio final de la debida gaseosa con el incremento del impuesto

330

10,6

35

$35

$116

$2.500

$2.616

Este es el incremento en el precio de las bebidas azucaradas que preocupa a muchos sectores de la economía nacional; especialmente a los industriales, aun cuando con toda seguridad amortiguarán el impacto financiero trasladando la totalidad de la obligación al consumidor final vía precio, pese a que podrán tomarse el valor del gravamen como un costo deducible en el impuesto de renta.

¿116 pesos es mucho?, ¿es poco? Podría ser cualquiera de las dos opciones, dependerá de la situación financiera de cada comprador. Sin embargo, lo que sí sabemos es que las enfermedades derivadas del consumo indiscriminado de este tipo de productos no solo cuesta cifras enormes al sistema de salud nacional, sino que nos cuesta miles de vidas valiosas: ¡desalentar el consumo de este tipo de productos es indispensable y urgente!, y si no lo logramos vía impuesto, seguramente, al final de este proceso legislativo, habremos avanzado vía redes sociales, pues la propuesta del presidente Petro ha servido, desde ya, para poner el tema en boca de todos los Colombianos.

Al parecer, estamos haciendo pedagogía, y eso ya es ganancia.

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública 
Especialista en Gerencia tributaria y auditoría de impuestos
Editora sénior de impuestos de Actualícese

Dana Alejandra Becerra Zambrano
Contadora pública y especialista en Gerencia tributaria y auditoría de impuesto de la Universidad Libre. Actualmente se desempeña como editora senior de impuestos en el área de generación de contenidos de Actualícese, donde también ha laborado durante los últimos cuatro años.
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