Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Al finalizar tercera prórroga del contrato laboral a término fijo, se debe extender mínimo por un año


Actualizado: 26 julio, 2016 (hace 8 años)

Las prórrogas del contrato de trabajo a término fijo menor de un año pueden hacerse hasta tres veces. Si se prorroga debe realizarse por espacio de un año.

El artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo señala expresamente la forma como deben hacerse las prórrogas del contrato de trabajo a término fijo menor de un año, las cuales pueden darse hasta tres veces, al término de las cuales, si se prorroga, debe hacerse por espacio de un año, prórroga que se entiende hecha aunque se haya pactado de manera equivocada por un término menor.

En cuanto a la contabilización del periodo de duración, es necesario estarse a lo normado por el Código de Régimen Político y Municipal, según el cual los plazos se vencen a la medianoche de la fecha señalada, los términos de meses se contabilizan calendario y los días de 24 horas.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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