Entre las políticas nacionales se debe crear una organización institucional que se encargue de luchar contra la corrupción. Es función de alcaldes y gobernadores el nombramiento de los jefes de Control Interno de todas las dependencias; igualmente disponen de instrumentos para verificar la gestión.
Quienes deben asumir el liderazgo en la preparación de la política territorial de lucha contra la corrupción son los alcaldes o gobernadores, para lo cual contarán con dependencias o funcionarios encargados de responsabilidades en la materia.
Si no existe una dependencia o funcionario especializado, el primer paso consistirá en definir un responsable técnico de la preparación y coordinación del proceso, quien usualmente debería ser el secretario de Gobierno o el secretario de Planeación, con el apoyo del jefe de Control Interno en el caso de los municipios pequeños, que son la gran mayoría del país. Una de las definiciones de la política consiste precisamente en establecer con claridad la organización institucional de lucha contra la corrupción.
Otro paso que se debe dar es conformar un comité interno que coordine la elaboración de la política y ponga en marcha espacios de coordinación con la Nación y la sociedad civil. Para la conformación de este comité, la dependencia o funcionario responsable debe identificar los actores relevantes en el municipio, tanto de la administración territorial y de entidades nacionales, como por parte de organizaciones del sector privado y la sociedad civil, y definir el papel de cada uno.
La dependencia o funcionario responsable, con el apoyo del comité interno y de los espacios de coordinación externos definidos por la entidad territorial, deberá adelantar las fases de diagnóstico, definición de objetivos y metas, y formulación de las líneas de acción de la política.
Por otra parte, el coordinador del documento de política, junto con el grupo de trabajo, además de identificar los actores involucrados y establecer todos los entes que se afectan por la problemática y las entidades del orden central y/o descentralizado con injerencia en la identificación de los problemas por tratar, en la definición de los objetivos y en la ejecución del plan de acción. Entre las funciones del grupo de trabajo se encuentran: levantar, procesar y analizar la información, elaborar el diagnóstico, formular los objetivos y las líneas de acción, redactar el documento, y organizar y convocar las reuniones con los involucrados.
La responsabilidad principal en la formulación y ejecución de una política de lucha contra la corrupción corresponde a las autoridades de las entidades territoriales: alcaldes, gobernadores, concejales y diputados, en coordinación con los órganos de control, y con las entidades nacionales correspondientes. Esa política debe formularse con organizaciones de la sociedad civil, según lo dispuesto en las convenciones internacionales sobre el tema. Tal como se mencionó, se recomienda iniciar el proceso por la identificación de los actores que deben participar en la preparación de la política.El Ejecutivo, representando en gobernadores y alcaldes, lidera la lucha contra la corrupción y es uno de los actores que deben estar involucrados territorialmente. Para cumplir con tal responsabilidad, en el marco de las políticas nacionales, debería básicamente realizar las siguientes tareas:
El control interno de gestión y el control interno disciplinario son herramientas fundamentales para que el Ejecutivo pueda ejercer un control preventivo de la corrupción y para iniciar investigaciones. Según la Ley 1474 del 2011, corresponde a los alcaldes y gobernadores el nombramiento de los jefes de Control Interno de todas las dependencias, con lo cual disponen directamente de un instrumento para verificar que la gestión se ejecute de acuerdo con las normas vigentes, para diseñar y aplicar mapas de corrupción, y para detectar y denunciar prácticas corruptas.