Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Alcances de los acuerdos de accionistas en una sociedad por acciones simplificada


Actualizado: 2 mayo, 2016 (hace 8 años)

La Ley 1258 del 2008 indica en su artículo 24 que los accionistas podrán realizar acuerdos relacionados con la compra y venta de las acciones, los cuales también podrán emplearse para determinar preferencias para su adquisición, restricciones en las transferencias, asuntos relacionados con el derecho de voto y cualquier otro asunto lícito. Es decir, que la norma permite que en estos se trate cualquier asunto, desde definir las conductas de los accionistas en la asamblea, hasta establecer reglas administrativas o del ejercicio de los derechos societarios siempre y cuando se mantenga la licitud del asunto.

Dichos acuerdos deben ser depositados en las instalaciones de la dirección administrativa de la sociedad, momento en el cual es fundamental indicar el nombre del representante al cual se le entregará o solicitará información.

Sobre lo anterior, el Concepto 220-071420 del 2 de junio del 2015 indica:

“Como lo establece el artículo 24 de la Ley 1258 de 2008, los acuerdos de accionistas en las sociedades del tipo de las SAS podrán versar sobre cualquier asunto lícito y su utilidad estriba en poder conformar alianzas que funcionen paralelamente a los estatutos, sin contrariarlos; ahora bien, si un acuerdo llegara a celebrarse por todos los accionistas, pues lo viable resultaría en este evento que traduzca en una modificación a los estatutos de la compañía, como quiera que al suscribirse en esas circunstancias, se convierte en una norma a la que todos ellos deben someterse”.

En resumen

Los acuerdos de accionistas pueden ser celebrados para cualquier asunto sin que por su temática o relación se puedan considerar ineficaces o inexistentes, salvo que en estos se traten asuntos ilícitos. Es tanta su libertad, que incluso se pueden estipular reglas para la repartición de utilidades.

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