Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ambas entidades están pasando por una situación administrativa muy difícil


Me temo que los miembros de los órganos de la profesión están envanecidos. En un reciente comunicado (número 5) dicen: “(…) Como máximos representes(sic) del ejercicio de la profesión contable en Colombia, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– (órgano de normalización y orientación técnica para el sector privado), y la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores –JCC– (organismo rector de la profesión), (…)”.

Muy lejos están esas entidades de representar el ejercicio que no hacen de la profesión, pues sus funciones (normalizadora y disciplinaria), si bien recaen sobre el ejercicio, se distinguen de este. Tampoco son los máximos representantes de la profesión. Tan solo son las importantes personas a las que se les han confiado unas funciones públicas de gran interés para la profesión.

Hasta donde sabemos, no se ha publicado nunca una evaluación del trabajo de todos los que hemos pasado por allí. No desconocemos la importancia de la designación y los méritos que en algunos casos se tuvieron en cuenta al hacer las designaciones. Pero de ahí a que hayamos hecho bien el trabajo, hay una gran distancia y sobre todo no hay evidencia, fruto de un análisis riguroso de lo que hicimos.

La Junta Central de Contadores bordea los 61 años y el Consejo Técnico de la Contaduría los 27. Ambas entidades están pasando por una situación administrativa muy difícil, de lo cual no se habla por razones políticas, entre ellas, para no enfurecer a los ministros que las han tenido bajo su cuidado, pero que no han logrado su mejoramiento.

Desde su creación, el CTCP no ha sabido desarrollar una doctrina contable. Todo lo que ha dicho es puro derecho. En muchos números de Contrapartida hemos disentido de algunas de sus interpretaciones y hemos lamentado que su fuerte es la transcripción de textos que hoy forman parte de nuestro derecho interno. Muy lejos están sus opiniones de las que leemos de cuerpos tales como el personal de planta de IASB o de FASB.

Los miembros de la Junta, que no reciben los honorarios de los del Consejo, ni tienen la descarga de tarea necesaria para trabajar como toca, han hecho, siempre, un esfuerzo inmerso, en que se nota su compromiso con la profesión. Pero ni esto significa que el trabajo sea digno de aplaudir. Desde que la Junta dejó de publicar su doctrina, la que se produce con sus fallos, que son públicos, ha ido perdiendo importancia dentro de la profesión, porque nadie puede apreciar lo que desconoce.

Un reciente trabajo de grado titulado “Análisis del nivel de conocimiento que tienen estudiantes de contaduría sobre las repercusiones de la presentación de información financiera fraudulenta” (Angie Cubides Valero y Angie Jimena Torres Céspedes, 2016), señala que “(…) un total de 49%, esto quiere de decir que este porcentaje de la muestra respondió de manera equivocada las funciones que son ejercidas por esta entidad (…)”. Mea culpa.

Hernando Bermúdez Gómez
Editor Contrapartida, Novitas, Registro Contable, Vademécum
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 2824, junio 12 de 2017

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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