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Parte fundamental de la evaluación financiera de una entidad radica en el estudio de sus estados financieros. En las pymes y las entidades del grupo 1, uno de estos es el estado de cambios en el patrimonio. En este editorial, mencionamos qué aspectos se deben atender ante su evaluación.
Si bien el patrimonio es la diferencia entre el activo y pasivo de una entidad, el marco conceptual de los Estándares Internacionales permite que, a efectos de su presentación en el estado de situación financiera, se subdivida en partidas como aportes sociales, ganancias acumuladas, reservas específicas, entre otras. En este editorial mencionaremos algunos lineamientos que se deben tener presentes al preparar y evaluar el estado de cambios en el patrimonio.
De acuerdo con los marcos técnicos normativos (DUR 2420 de 2015), la presentación del estado de cambios en el patrimonio es un requisito explícito para los dos principales grupos de aplicación en Colombia, grupo 1 (NIIF Plenas) y grupo 2 (NIIF para Pymes), pues este hace parte integral del juego de estados financieros que estas entidades deben presentar, cumpliendo con la NIC 1 y la sección 6 de la NIIF para Pymes respectivamente.
Cabe señalar que los lineamientos del marco conceptual aplican para todas las entidades a nivel internacional. Asimismo, los aspectos legales de cada jurisdicción tendrán impacto en temas como la repartición de utilidades y los fondos de reservas obligatorios (ya que existen diferentes disposiciones para las entidades, dependiendo de qué tipo de sociedad sean).
Sin embargo, en cuanto a la presentación de la información financiera, serán los Estándares Internacionales los que indiquen cómo presentar dicha información; estos son lineamientos generales.
De acuerdo con el Estándar para Pymes y el Estándar Pleno, el estado de cambios en el patrimonio integra el conjunto de estados financieros exigidos a las entidades que aplican dichos marcos. Por su parte, en las entidades que aplican el marco técnico normativo de grupo 3 no existe la obligación de presentar el estado de cambios en el patrimonio, sino únicamente el de situación financiera, el estado de resultados y las notas.
No obstante, la exención formal subraya la necesidad de incluir una nota a los estados financieros que especifique los cambios relevantes que haya sufrido el patrimonio (por ejemplo, incorporando un cuadro informativo), garantizando la revelación mínima necesaria para una adecuada comprensión de la posición financiera.
Se requiere presentar:
Es crucial que la presentación del ORI se realice aplicando rigurosamente el principio de importancia relativa o materialidad,evitando compensar partidas de naturaleza distinta.
Las entidades del grupo 1 deben estar atentas a la NIIF 18 (que reemplaza la NIC 1 y es de aplicación temprana permitida), la cual introducirá clasificaciones funcionales del rendimiento que deberán alinearse con el flujo del resultado integral hacia el estado de cambios en el patrimonio.
De este estado financiero se deben atender diferentes aspectos: