Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Anexo “otras deducciones”: declaración de renta de personas naturales obligadas a llevar contabilidad


Actualizado: 19 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: 

¿Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben presentar el nuevo anexo de otras deducciones a la declaración de renta? 

Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019. 

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que la Ley 1943 de 2018 dio vida al artículo 574-1 del ET sobre procedimiento tributario, el cual dispone que los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad deberán presentar un formulario anexo detallando el renglón de “otras deducciones”. Este formulario deberá ser firmado por el contador o revisor fiscal. Es preciso señalar que estas disposiciones no aplican para aquellos contribuyentes que se acojan al régimen simple de tributación.

Para leer más sobre el tema, vaya al análisis Declaraciones de renta a las que se les exigirá el anexo “otras deducciones”.

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