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Anticipos de IVA: Cómo descontarlos en formulario 300


Anticipos de IVA: Cómo descontarlos en formulario 300
Actualizado: 23 enero, 2015 (hace 9 años)

En enero de 2015 comenzaron los vencimientos de IVA del último bimestre y cuatrimestre del año 2014 y especialmente para aquellos que tienen la obligación de presentar IVA anual. Es en este caso donde aún surge duda, ya que durante el año 2014 estos responsables no presentaron declaración alguna.

Revisemos el siguiente caso: Declaración anual IVA Formulario 300, valor a colocar en el renglón 980 – “Pago Total”. Valor a colocar en el renglón 84 “Total saldo a pagar por este período” ¿El valor en la casilla 84 es descontando los dos anticipos pagados durante el 2014 en el formulario 490? o ¿el valor de la casilla 84 debe ser cero (0)?

La duda surge en el momento de presentar la declaración anual de IVA. Para los que son declarantes anuales de IVA del año 2014, deben estarla presentando ahora enero de 2015, en efecto cuando se presenta la declaración anual es en el formulario 300. En el reglón 84 debemos indicar el total saldo a pagar, sino da saldo a pagar seria saldo a favor, reglón 85.

En el caso planteado indican que la declaración de IVA anual refleja un saldo a pagar, lo que daría a entender que los anticipos que se hicieron en el formulario 490 fueron cancelados en mayo y en septiembre de 2014.

El formulario 300 del IVA no tiene ningún renglón especial para descontar los anticipos pagados durante mayo y septiembre del año gravable, no trae este renglón. La casilla 980 se deja en cero (0) y con un tercer formulario, el 490 que es el recibo oficial de pago de impuestos a la DIAN, pagamos el saldo que nos arrojó la casilla 84 “saldo a pagar”. Aritméticamente al valor a pagar que arrojo la declaración de IVA debemos restarle el anticipo pagado en mayo y el anticipo pagado en septiembre, el resultado, el neto, es lo que se va a pagar a través del formulario 490.

Si no está obligado a presentar virtualmente y no desea pagar en el formulario 490, puede usar el mismo formulario 300. De igual forma debe hacerse el cálculo aritmético (saldo a pagar casilla 84 menos anticipo pagado en mayo menos anticipo pagado en septiembre) para conocer cuál será el saldo pendiente y asignarlo en la casilla 980 del formulario a declarar el IVA anual del año 2014.

Este año es la segunda ocasión en la que se usa este formulario 300, en enero del año 2014 también se pagó el IVA anual para los responsables de esta periodicidad y tampoco se reflejaba la casilla especial para descontar los anticipos, se debía hacer el mismo procedimiento indicado. Lo mismo pasa para el que declara Renta y es Gran Contribuyente, en febrero debe pagar un anticipo y la declaración aún no se ha presentado, en el formulario 110 no hay un renglón para que después reste el anticipo que pago en febrero. Nunca se restan estos anticipo en una casilla especial, simplemente aritméticamente se hace la resta de lo que pago como anticipo y el neto a pagar es lo que paga con otro formulario, el 490.

Si llega a suceder que al momento de presentar la declaración anual del IVA arroja un valor a pagar en el reglón 84 que es menor a lo que sumarían los dos anticipos que ya se pagaron en mayo y septiembre, hay que hacer un trámite de solicitud de los pagos en exceso y esta es otra situación que implica realizar un procedimiento ante la DIAN.

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