El artículo 188 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1819 de 2016, establece la tarifa para efectuar el cálculo de la renta presuntiva, la cual corresponde al 3,5 %. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas frecuentes sobre este tema, abordadas por nuestro equipo experto.
El artículo 188 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1819 de 2016, establece la tarifa para efectuar el cálculo de la renta presuntiva, la cual corresponde al 3,5 %. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas frecuentes sobre este tema, abordadas por nuestro equipo experto.