Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aportes al régimen contributivo de salud continúan en 12,5% para 2017


Actualizado: 9 enero, 2017 (hace 7 años)

En 2017, el aporte al régimen contributivo de salud seguirá siendo del 12,5% del ingreso base de cotización –IBC– del trabajador independiente; para empleadores con menos de 2 trabajadores será de un 8,5% aportado por este y un 4% adicional a cargo del trabajador.

De acuerdo con el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 10 de la Ley 1122 del 2007, el valor total de aportes al régimen contributivo de salud continúa siendo para 2017 del 12,5% del ingreso base de cotización –IBC– del trabajador independiente. Así mismo, para empleadores que tengan menos de dos trabajadores, este se divide en un 8,5% asumido por el primero y un 4% adicional a cargo de los segundos, mientras aquellos que cuentan con más de 3 empleados serán beneficiados con la excepción del 8.5%. En ese sentido, también cancelarán dicho porcentaje aquellos empleadores de trabajadores que devenguen 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes o más, tal y como lo indica el parágrafo 1 del artículo 65 de la Ley 1819 de 2016, conocida como reforma tributaria estructural.

“PARÁGRAFO 1. Los empleadores de trabajadores que devenguen diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes o más, sean o no sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta y Complementarios seguirán obligados a realizar los aportes parafiscales y las cotizaciones de que tratan los artículos 202 y 204 de la Ley 100 de 1993 y los pertinentes de la Ley 1122 de 2007, el artículo 7o de la Ley 21 de 1982, los artículos 2° y 3° de la Ley 27 de 1974 y el artículo 1° de la Ley 89 de 1988, y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en las normas aplicables

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