Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aportes en pensión de colombianos en Argentina se tendrán en cuenta en el país


Actualizado: 21 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Argentina se convierte en el tercer país luego de España y Chile, con el que Colombia suscribe un convenio bilateral de seguridad social, lo que permite a los trabajadores colombianos que laboren en el país gaucho, acumular semanas de cotización para obtener su pensión.

Según explicó la ministra del Trabajo, Clara López Obregón, «mediante estos acuerdos lo que buscamos es que los trabajadores colombianos accedan a la pensión, permitiéndoles cotizar la totalidad de los periodos tanto en Argentina, Colombia u otros países donde hayan laborado para que cuando lleguen a su etapa adulta puedan pensionarse sumándolos todos».

Agregó que, «en otras palabras, se trata es de ampliar los mecanismos de protección social para los colombianos residentes en el exterior, y de los extranjeros en el país».

El convenio con España funciona desde 2008 y al 30 de junio pasado, se habían recibido alrededor de 6.000 solicitudes de pensión, mientras con Chile opera desde 2013, las peticiones sumaban 40.

Estos convenios se han firmado con países a donde han emigrado de manera importante colombianos, como es el caso de Argentina, con cerca de 28.000 nacionales radicados de forma permanente y legal, aunque la cifra podría ser mucho más alta por el subregistro existente.

Entre algunos de los beneficios o ventajas de la implementación del convenio firmado con Argentina, así como ha ocurrido con España y Chile, sobresalen:

  • Se permite reconocer la igualdad de derechos sociales entre los trabajadores colombianos y los trabajadores de los países con los que se han suscrito los acuerdos
  • Conservar los derechos pensionales adquiridos o en curso de adquisición; así como la de sus familiares beneficiarios, sobrevivientes o a quienes se les traspasen los derechos
  • Poder exigir el sometimiento y cumplimiento de los derechos prestacionales en los países con los cuales se tiene Convenio, evitando contrataciones sin el acatamiento de los mismos
  • Facilita el desplazamiento temporal de trabajadores dependientes e independientes entre países con el que se tiene Convenio, permitiéndoles trabajar en el otro Estado sin tener que afiliarse al sistema pensional, porque se encuentran afiliados en el país de origen.
  • Aumentar la expectativa del número de personas que pueden acceder a pensión, así como del número de pensionados en la modalidad de prorrata (proporcional al tiempo cotizado en cada país).

Es importante tener en cuenta que los convenios bilaterales no modifican la normatividad en materia de seguridad social de ningún país; que, de llegar a tener un trabajador cotización de tiempos simultáneos en dos países, se excluiría uno de los períodos, y que estos acuerdos solo funcionan para el tema de pensiones.

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*Fuente: Mintrabajo

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