Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aprendices como miembros del Copasst


Actualizado: 29 julio, 2019 (hace 5 años)

Responde Natalia Jaimes Lúquez

¿Los aprendices pueden formar parte del Copasst?

Las normas laborales actuales, como es el caso de la Ley 789 de 2002, obligan a las empresas a vincular personas mediante la modalidad de contrato de aprendizaje, disposición que está sujeta al número de trabajadores que tenga la empresa. No hacerlo implica para el empleador quedar expuesto a la imposición de una sanción de carácter pecuniario, pues así lo establece el Acuerdo 4 de 2014.

Aclarado lo anterior, abrimos el siguiente espacio para Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, quien se centrará en explicar si los aprendices, a pesar de su condición especial de contratación, pueden hacer parte del Coppast de la empresa para la que hacen su práctica.

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