Recientemente, la DIAN publicó un Proyecto de Resolución, por el cual se reglamenta el uso de firma electrónica en los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. A continuación, estos son los detalles planteados.
Mediante la Resolución 000070 de noviembre 3 de 2016, la DIAN sustituyó el mecanismo de firma digital por el Instrumento de Firma Electrónica –IFE–. A continuación damos a conocer qué es, a quiénes aplica, cuáles son sus características y cómo se puede obtener.
La Resolución 000070 de la DIAN reglamenta el uso de firma electrónica en los servicios informáticos electrónicos puestos a disposición por dicha entidad.
El Instrumento de Firma Electrónica –IFE– es la combinación de una Identidad Electrónica –IE– y un Código Electrónico –CE–. Sirve para cumplir con los deberes formales y tareas electrónicas habilitadas en los servicios electrónicos de la DIAN.
La DIAN habilitará el uso del IFE para aquellos que deben acceder a los servicios informáticos electrónicos de la entidad para cumplir con sus obligaciones y operaciones. Un aspecto a tener en cuenta es que, mediante la Resolución 000070 de noviembre 3 de 2016, se establece que el IFE sustituye para todos los efectos el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital en los documentos y trámites realizados por personas naturales que actúen a nombre propio y/o que representen a otra persona natural o jurídica, quienes se denominarán suscriptores.
El usuario debe adelantar los siguientes procedimientos:
1. Emisión del Instrumento de Firma Electrónica: Consiste en la gestión presencial del usuario ante las instalaciones de la DIAN, en la cual solicitará la generación de la Identidad Electrónica –IE– y la habilitación del Instrumento de Firma Electrónica –IFE– para firmar dentro de los servicios informáticos electrónicos o cuando se presenten cambios en la información de identificación del contribuyente.
El usuario deberá actualizar la información en el RUT conforme al Decreto 2460 de 2013 y demás disposiciones reglamentarias que le modifiquen o sustituyan. En este proceso el usuario seleccionará 5 preguntas cuyas respuestas son un factor de autenticación alterno que servirá para recuperar la contraseña de la IE en caso de olvido.
2. Renovación por migración al IFE: El suscriptor de la firma digital podrá renovar por migración al nuevo Instrumento de Firma Electrónica (IFE) mediante la autogestión en los sistemas informáticos electrónicos de la DIAN.
Se llevará a cabo la renovación del Instrumento de Firma Electrónica cuando el suscriptor desee continuar con el cumplimiento de sus obligaciones y operaciones ante la DIAN a través de los servicios informáticos electrónicos. En este sentido, el instrumento podrá ser renovado por las siguientes causales:
La revocación del Instrumento de Firma Electrónica es la gestión de oficio o la solicitud del suscriptor que se realiza para generar un nuevo instrumento o para dejar sin efecto el actual por las siguientes causales: