A la fecha, más de 8.100 contribuyentes han normalizado activos por cerca de $11.3 billones. El plazo máximo para declarar dichos activos o excluir pasivos inexistentes será el próximo 31 de diciembre de 2017.
A la fecha, más de 8.100 contribuyentes han normalizado activos por cerca de $11.3 billones. El plazo máximo para declarar dichos activos o excluir pasivos inexistentes será el próximo 31 de diciembre de 2017.
La Dian hizo un nuevo llamado a los contribuyentes que aún no se han acogido a los beneficios del impuesto complementario de normalización tributaria, causado por la posesión de activos omitidos o la inclusión de pasivos inexistentes al 1 de enero de los años 2015, 2016 y 2017.
Esta posibilidad, incluida por la reforma tributaria de 2014, permite a los contribuyentes pagar una tarifa del 13 % sobre el valor patrimonial de los activos omitidos o de los pasivos inexistentes, más la sanción de extemporaneidad, sumando a estos valores los intereses de mora causados al momento de liquidar y pagar el impuesto complementario de normalización tributaria.
Los activos omitidos que podrán ser declarados serán aquellos que no fueron incluidos en las declaraciones de impuestos, tales como: bienes inmuebles, inversiones, maquinaria, equipo, vehículos, derechos, dinero en efectivo, saldos en cuentas corrientes o de ahorro, CDT, acciones, etc. Mientras que los pasivos inexistentes son aquellos que se incluyeron en la declaración de renta con el único fin de disminuir su patrimonio y la carga tributaria a cargo del contribuyente.
Fuente: Dian.