Ministerio de Protección Social. Es obligación del empleador asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la capacitación de los trabajadores que realicen trabajos en alturas.
Ministerio de la Protección Social
Concepto 239498
18-08-2010
Asunto: Su Consulta — Radicado 205262.
Respetado señor Lopera:
Con relación a la consulta enviada a esta Dirección le informo:
1. Evaluación médica pre -ocupacional o de pre-ingreso.
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
3. Evaluación médica post-ocupacional o de egreso".
Por todo lo anterior, es obligación del empleador asumir el costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la capacitación de los trabajadores que realicen trabajos en alturas.
Es importante tener en cuenta, que el empleador debe proporcionarle el tiempo a los trabajadores que realicen trabajos en alturas, para su capacitación.
El presente concepto se expide con fundamento en el artículo 25. del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
ANA MARIA CABRERA VIDELA
Directora General de Riesgos Profesionales