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Generación de renta ordinaria por venta de acciones que se tuvieron por menos de dos años

¿Si se tuvieron ciertas acciones por menos de dos años, su venta genera renta ordinaria?

Resuelta 08 de junio de 2017

Generación de renta ordinaria por venta de acciones que se tuvieron por menos de dos años
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Si se tuvieron ciertas acciones por menos de dos años, su venta genera renta ordinaria?

Resuelta  08  de  junio  de 2017

El Líder de Investigación Contable y Tributaria, Diego Guevara Madrid, indica  que si se poseen acciones en sociedades lo primero que se debe hacer es clasificar si es un activo fijo o movible, según lo que dispone el artículo 60 del ET,  norma de la cual se destaca el siguiente aparte:

Art. 60. Clasificación de los activos enajenados.

Los activos enajenados se dividen en movibles y en fijos o inmovilizados.

Son activos movibles los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente e implican ordinariamente existencias al principio y al fin de cada año o período gravable.

Son activos fijos o inmovilizados los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que no se enajenan dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente.