El armamento cumple las condiciones para ser reconocido como una clase de las propiedades, planta y equipo, y los derechos de uso del armamento (permisos) cumplen las condiciones para ser reconocidos como una clase de activos intangibles; su contabilización se debe hacer según lo establecido en el marco de información financiera en el que haya sido clasificada la entidad. Para determinar si un activo que incluye elementos tangibles e intangibles se trata según la norma de propiedades, planta y equipo o de activos intangibles, la entidad realizará los juicios necesarios para evaluar cuál de los dos elementos tiene un peso más significativo. También deberá considerar que no es necesario aplicar las políticas contables contenidas en los marcos de información financiera cuando el efecto de su aplicación sea inmaterial o carezca de importancia significativa.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 713
Agosto 16 de 2017
El armamento y los derechos de uso del armamento cumplen las condiciones para ser reconocidos como elemento de propiedades, planta y equipo y activos intangibles, respectivamente. Ahora bien, para determinar si un activo que incluye elementos tangibles o intangibles se trata según la norma de propiedades, planta y equipo o de activos intangibles, la entidad realizará los juicios necesarios para evaluar cuál de los dos elementos tiene un peso más significativo.