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Cálculo de deterioro en los instrumentos financieros y los activos biológicos

Se requiere realizar una evaluación del activo en cuanto a su reconocimiento, medición y pérdida de valor para determinar si se debe reconocer deterioro. Los instrumentos financieros y los activos biológicos que sean medidos a valor razonable no están sujetos a deterioro.

Fecha de publicación: 22 de noviembre de 2017
Cálculo de deterioro en los instrumentos financieros y los activos biológicos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Se requiere realizar una evaluación del activo en cuanto a su reconocimiento, medición y pérdida de valor para determinar si se debe reconocer deterioro. Los instrumentos financieros y los activos biológicos que sean medidos a valor razonable no están sujetos a deterioro.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿En los instrumentos financieros y los activos biológicos es válido realizar el cálculo de deterioro?

Para dar respuesta a la inquietud, es preciso anotar que más que válido, realizar el cálculo del deterioro de los instrumentos financieros y los activos biológicos es un requisito obligatorio; esto, según los lineamientos de la sección 2 del Estándar para Pymes y el marco conceptual del estándar para grupo 1.

Lo anterior sirve como sustento para exponer que es un requerimiento que los activos se muestren por un valor que no se presente sobrevalorado, y para, a la luz del principio de la prudencia, reconocer la aparición del requerimiento del deterioro del valor de los activos (recordemos que el deterioro de valor de los activos obedece al estudio que se hace para determinar si el valor de estos se va a recuperar o no en el curso de las operaciones del negocio).

Por otro lado, cuando hablamos de instrumentos financieros debemos tener en cuenta que si estos están medidos al valor razonable, no se requiere una medición de deterioro, puesto que al realizar la medición a valor razonable se está reconociendo la pérdida o ganancia en el activo (dependiendo del valor que presente el activo en el mercado), en cambio, si se realiza una medición del instrumento financiero al costo o al costo amortizado sí es necesario realizar el cálculo del deterioro, lo anterior conforme al requerimiento del párrafo 11.25 del Estándar para Pymes.

Por último, en el caso de los activos biológicos sucede lo mismo que se mencionó en el párrafo anterior, ya que, cuando el valor está siendo ajustado al valor razonable, se convierte en un valor recuperable; por otra parte, si los activos biológicos son medidos al costo se debe efectuar la evaluación de deterioro.

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