Mediante la Certificación 004 de 2020, la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público certifica, para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 211 de la Ley 223 de 1995 (modificado por el artículo 347 de la Ley 1819 de 2016), la tarifa del componente específico del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, aplicables a partir del 1 de enero de 2021. Dicha tarifa será de $2.563 por cada cajetilla de veinte unidades.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Certificación 004
Diciembre 15 de 2020
El Director de la Dirección General de Apoyo Fiscal
En uso de las facultades legales que le otorga el artículo 211 de la Ley 223 de 1995, modificado por el artículo 347 de la Ley 1819 de 2016 y considerando:
Certifica
Que para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 211 de la Ley 223 de 1995, modificado por el artículo 347 de la Ley 1819 de 2016, las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado aplicables a partir del 1º de enero de 2021, serán las siguientes:
Dado en Bogotá D.C., a los
Luis Fernando Villota Quiñones
Director General de Apoyo Fiscal (E)