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Continúa contingencia por intermitencia de servicios informáticos electrónicos por parte de la DIAN

La DIAN informó que de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, ayer 17 de enero de 2017, operó la contingencia del artículo 579-2 del ET. Por lo anterior, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su pago a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios se estabilicen.

Continúa contingencia por intermitencia de servicios informáticos electrónicos por parte de la DIAN
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La DIAN informó que de conformidad con la certificación emitida por la Subdirección de Gestión de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, hoy 18 de enero de 2017, continúa la contingencia del artículo 579-2 del ET decretada ayer. Por lo anterior, se podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su pago a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios se estabilicen.

Si su último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación finaliza en 6, usted podrá presentar y pagar, sin liquidar sanción de extemporaneidad e intereses moratorios, las declaraciones tributarias cuyos vencimientos correspondan al 18 de enero de 2017, a más tardar al día siguiente a aquel en que los SIEs se estabilicen, lo cual se estará comunicando oportunamente en el portal Web de la entidad.

Los contribuyentes podrán cumplir con el pago de la obligación, dirigiéndose a las entidades bancarias autorizadas para recaudar y pagar su obligación en el formulario litográfico 490 – recibo oficial de pago, el cual podrá obtener gratuitamente a través del enlace de la página web www.dian.gov.co “Usuarios No Registrados Diligenciar Formularios”.

Entidades Autorizadas para Recaudar: Banco Agrario de Colombia S.A; Banco Davivienda S.A; Banco Caja Social: Banco de Occidente; Banco Colpatria S.A; Banco Corpbanca S.A; Banco BBVA (Colombia); Banco GNB Sudameris S.A; Banco Citibank; Bancolombia S.A; Banco Popular S.A y Banco de Bogotá.

Fuente: DIAN.