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El año nuevo le trajo más tareas a la DIAN

Con el objetivo posicionar y facilitar una política de comercio, y garantizar el control en materia tributaria, aduanera y cambiaria, la DIAN cuenta con nuevas funciones en este año.

El año nuevo le trajo más tareas a la DIAN
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Con el objetivo posicionar y facilitar una política de comercio, y garantizar el control en materia tributaria, aduanera y cambiaria, la DIAN cuenta con nuevas funciones en este año.

En 2012 la DIAN tiene nuevas funciones que antes llevaba a cabo el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Entre estas se destacan, llevar y administrar el registro de los contratos de importación de tecnología y exportación de servicios, y expedir las certificaciones pertinentes. De igual manera, fijar criterios de origen y expedir la certificación del origen de los productos colombianos con destino a la exportación.

Los recursos que perciba el Ministerio continuarán siendo administrados directamente por esta entidad y destinados a la financiación de gastos de funcionamiento e inversión de dicho Ministerio, de conformidad con la estructura y funciones del organismo.

Más funciones

El Artículo 2 del Decreto 4176 de noviembre 3 de 2011, dice que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, transferirá a la DIAN, debidamente inventariadas las fuentes de los aplicativos de origen de las mercancías con sus respectivas bases de datos; la base de datos para el registro de la Declaración Escrita sobre Contratos de Exportación de Servicios y de los Contratos de Importación de Tecnología.

De igual manera, los archivos y expedientes administrativos de gestión y la totalidad de las existencias de formas valoradas para la impresión de los certificados de origen de conformidad con lo previsto en la Ley 594 de 2000, Ley General de Archivos y demás normas que regulen la materia.

Mayor cuidado con la protección de los consumidores

El decreto también reasigna al Superintendente Delegado para la Protección al Consumidor y al Director de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio, las funciones establecidas en el numeral 7 del artículo 6° y el numeral 6 del artículo 8° del Decreto 2785 de 2006, relacionadas con la protección de los usuarios de los servicios turísticos, para lo cual esta entidad adelantará el trámite de las investigaciones administrativas por diversas casuales de infracción.

Por otra parte, la Superintendencia de Industria y Comercio remitirá al Viceministerio de Turismo la información relativa a las sanciones administrativas en firme impuestas a los prestadores de servicios turísticos, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ejecutoria.

Contratos de exportación e importación de tecnología

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo también trasladará a la DIAN las solicitudes radicadas y que se encuentran pendientes de trámite, así como todas las actuaciones administrativas en curso sobre certificados de origen, registros de contratos de exportación de servicios y de importación de tecnología.

Desde el pasado 3 de noviembre de 2011, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha venido adelantando las gestiones para habilitar internacionalmente las firmas y sellos de los funcionarios de la DIAN que expedirán los certificados de origen a partir del 1 de enero de 2012.

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