¿Por qué no se deben reconocer activos por impuesto diferido por los descuentos tributarios del artículo 258 del Estatuto Tributario?
Responde conferencista: Juan Fernando Mejía
¿Por qué no se deben reconocer activos por impuesto diferido por los descuentos tributarios del artículo 258 del Estatuto Tributario?
Pregunta resuelta el 18 de Diciembre de 2019
Juan Fernando Mejía, especialista en Normas Internacionales e impuestos hace su intervención para explicar si los descuentos que figuran en los artículos 255, 256, 257 y 258 del Estatuto Tributario deben o no ser reconocidos contablemente como un activo por impuesto diferido en los estados financieros.